ARTÍCULO

Vigencia y trámite legislativo aplicable al DNU 70/2023

21 de Diciembre de 2023
Vigencia y trámite legislativo aplicable al  DNU 70/2023

RESUMEN

El DNU 70/2023 “Bases para la reconstrucción de la Economía Argentina”, publicado el 21 de diciembre de 2023, impulsa una amplia desregulación de la economía mediante la derogación y modificación de numerosas leyes. Según la Ley 26.122, entró en vigencia el 29 de diciembre de 2023. Sigue vigente mientras ambas cámaras del Congreso no lo rechacen expresamente, y también puede ser objeto de revisión judicial.

 

 

El jueves 21 de diciembre de 2023 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 , emitido por el Gobierno del presidente Javier Milei.

El DNU 70/2023 se titula “Bases para la reconstrucción de la Economía Argentina” e instrumenta una amplia reforma legislativa que busca desregular la economía. En este sentido, deroga y modifica un gran número de leyes en distintas áreas.

La facultad del Presidente para dictar DNUs está contemplada en el art. 99 inc. 3.° de la Constitución Nacional, en el que se prevé un control por parte del Poder Legislativo.

El trámite de control legislativo está regulado en la Ley 26122 y se instrumenta mediante un dictamen de la Comisión Bicameral Permanente, que debe elevarse simultáneamente a ambas cámaras del Congreso (Senadores y Diputados) para que aprueben o rechacen el DNU en su totalidad. No se prevé un plazo para que las Cámaras se pronuncien.

La Ley 26122 establece que los DNU tienen plena vigencia después de su publicación desde el día que ellos mismos determinen o, en su defecto, después de los ocho días siguientes al de su publicación oficial. En el caso del DNU 70/23, dado que no prevé una fecha específica de entrada en vigencia, sucederá el 29 de diciembre de 2023.

Según la Ley 26122, el DNU 70/23 seguirá vigente mientras no haya sido rechazado en forma expresa por parte de las dos cámaras del Congreso. Si ambas cámaras lo rechazan, esto implicará la derogación del DNU 70/2023. Sin embargo, según lo previsto en la Ley 26122, quedan a salvo los derechos adquiridos durante la vigencia del DNU. En el tiempo transcurrido desde la sanción de la Ley 26122 en 2006, no han habido DNUs que hayan sido rechazados por ambas cámaras del Congreso.

Sin perjuicio del control a cargo del Poder Legislativo, el DNU 70/23 también podrá ser objeto de revisión judicial en cuanto a su constitucionalidad, en los casos que se susciten con motivo de su entrada en vigencia o aplicación.

 


 

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entró en vigencia el DNU 70/2023?
El 29 de diciembre de 2023, ocho días después de su publicación, porque no fijó una fecha propia.

¿Cómo lo controla el Congreso?
La Comisión Bicameral Permanente emite un dictamen y ambas cámaras lo aprueban o rechazan en su totalidad, sin plazo previsto.

¿Qué pasa si el Congreso lo rechaza?
Solo queda derogado si lo rechazan ambas cámaras, y se mantienen los derechos adquiridos durante su vigencia.

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