ARTICLE

Últimas novedades en el proceso de ejecución de sentencia de la causa "Mendoza" - Riachuelo

El pasado 10 de noviembre, el juez a cargo del Juzgado Federal de Quilmes, Dr. Luis Armella, intimó a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo ("ACUMAR"), al Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a que en forma inmediata articulen y ejecuten todas las acciones que resulten necesarias para el aseguramiento de las medidas que se fueran sucediendo en el marco de la ejecución de la sentencia recaída en la causa "Mendoza".
December 1, 2009
Últimas novedades en el proceso de ejecución de sentencia de la causa "Mendoza" - Riachuelo
En tal sentido, el Juez destacó que resultaba indispensable que las fuerzas de seguridad del Estado Nacional y de la Provincia de Buenos Aires proveyeran a la ACUMAR la atención de las medidas de seguridad que se fueran sucediendo, máxime teniendo en cuenta que los proyectos a ejecutarse debían ser efectuados en muchos casos sobre zonas socialmente conflictivas, como zonas intrusadas públicas y privadas y asentamientos precarios, donde ya se habrían dado situaciones de conflicto con las autoridades a cargo del saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo. Asimismo, el magistrado intimó a la ACUMAR, al Estado Nacional, al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a los Intendentes de las ciudades de Almirante Brown, Avellaneda, Cañuelas, Esteban Echeverría, Ezeiza, General Las Heras, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Marcos Paz, Merlo, Morón, Presidente Perón y San Vicente; a que en forma inmediata asumieran el compromiso que les fuera encomendado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación para el saneamiento de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo, específicamente en todo lo referente a los objetivos establecidos para el saneamiento de basurales, la limpieza de márgenes de río, como así también los establecidos para el "Plan de Obra ACUBA". Por otro lado, los exhortó para que de forma inmediata se articularan y coordinaran las tareas de concientización y educación de la población de toda la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo. Finalmente, el juez advirtió que en caso de incumplimiento se aplicarían las multas diarias previstas en el considerando 21, último párrafo, del fallo en ejecución, y sin perjuicio de la responsabilidad concurrente que primariamente le corresponden al Estado Nacional, Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también la responsabilidad civil y penal que le pudiera corresponder a los funcionarios intervinientes. Por otra parte, con fecha 11 de noviembre de 2009, el mismo Juez dictó otra resolución por medio de la cual hizo saber a la ACUMAR, al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a los Intendentes de las ciudades de Almirante Brown, Avellaneda, Cañuelas, Esteban Echeverría, Ezeiza, General Las Heras, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Marcos Paz, Merlo, Morón, Presidente Perón y San Vicente, que en el plazo de 15 quince días debían presentar un informe claro y preciso sobre los parques industriales existentes, en ejecución y proyectados en el ámbito territorial de cada uno de los Municipios y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires abarcados por la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo. Asimismo, ordenó a la ACUMAR que a los fines de poder verificar y comunicar el avance que se fuera logrando en cada uno de los objetivos fijados, debían publicarse los cronogramas e informes ordenados en la página web de la ACUMAR y en cualquier otro medio de publicidad que sirva a la difusión del cumplimiento de la manda judicial, de modo detallado y fundado. Todo ello, bajo apercibimiento de aplicar las multas diarias previstas en el considerando 21, último párrafo, del fallo en ejecución, y sin perjuicio de la responsabilidad concurrente que primariamente le corresponden al Estado Nacional, Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también la responsabilidad civil y penal que le pudiera corresponder a los funcionarios intervinientes.
© 2023 Marval O´Farrell Mairal. All Rights Reserved. Please do not copy.