ARTÍCULO

Una mirada a la tercera ronda del Plan Gas 2020-2024

La Secretaría de Energía adjudicó los volúmenes adicionales para la tercera ronda del plan de incentivo a la producción de gas natural para la cuenca Neuquina desde mayo 2022 a diciembre 2024.

6 de Diciembre de 2021
Una mirada a la tercera ronda del Plan Gas 2020-2024

El 21 de octubre de 2021, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 984/2021 de la Secretaría de Energía (SE), que convocó a la Ronda 3 del concurso público nacional para el Plan de Promoción de la Producción del Gas Natural Argentino – Esquema de Oferta y Demanda 2020-2024 (Plan Gas). Para más información sobre los principales lineamientos del Plan Gas y las dos rondas anteriores de este nuevo régimen de fomento, remitimos a nuestros artículos Plan Gas 2020-2024 y Plan Gas 2020-2024: segunda ronda y reglamentación de incentivos.

La Ronda 1 había sido convocada para adjudicar el volumen base de 70 millones de m3 por día para los 365 días del año producidos en las cuencas Neuquina, Austral y Noroeste y un volumen adicional por cada uno de los períodos invernales de los años 2021 a 2024 inclusive. Bajo esa Ronda, se adjudicaron volúmenes por 50.2 millones de m3 por día para los 365 días de cada año y un volumen adicional de 3.6 millones de m3 por día para el pico de consumo de invierno.

Bajo la Ronda 2, se adjudicaron volúmenes adicionales por día para los períodos invernales de 2021 a 2024, que se sumaron a los volúmenes ya adjudicados bajo la Ronda 1. El objetivo de la segunda ronda fue cubrir las proyecciones de consumo interno para los períodos de invierno por haber resultado insuficientes los volúmenes de gas ofertados y adjudicados en la Ronda 1. Bajo esa ronda se adjudicaron, en promedio, volúmenes por 3 millones de m3 por día para los meses de junio a septiembre de 2021 y mayo 2022 a septiembre 2024.

El objetivo de la Ronda 3 fue el de completar los 70 millones de m3 por día para los 365 días de cada año que había sido proyectado inicialmente bajo la Ronda 1 y adjudicar volúmenes de gas adicionales a los ya adjudicados por las Rondas 1 y 2 para asegurar el abastecimiento de gas en el período de mayo 2022 a diciembre 2024, con volúmenes provenientes de las cuencas Neuquina, Austral y Noroeste.

Las ofertas bajo la Ronda 3 fueron presentadas el 2 de noviembre de 2021 y, mediante la Resolución SE 1091/2021 (publicada en el Boletín Oficial el 12 de noviembre de 2021), se adjudicaron los volúmenes adicionales a ser inyectados desde la cuenca Neuquina y se aprobaron los precios allí previstos. En total se adjudicaron 3 millones de m3 por día para los meses de mayo 2022 a diciembre 2024. El concurso se declaró desierto respecto de las cuencas Noroeste y Austral.

La Ronda 3 presentó diferencias respecto de las dos rondas anteriores en algunos otros aspectos, entre los que se destacan los siguientes:

  • En cuanto a la contraparte de los productores en los contratos de compraventa de gas: mientras que, en la Ronda 1, los productores adjudicados debían suscribir un contrato con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA) y las licenciatarias del servicio de distribución y/o subdistribución, en la Ronda 2, los productores adjudicados debían suscribir un contrato con Integración Energética Argentina S. A. (IEASA – ex ENARSA). En la Ronda 3, los productores adjudicados deberán suscribir contratos con CAMMESA y IEASA.
  • A diferencia del modelo de contrato de la Ronda 2, la cláusula de resolución de controversias bajo el contrato con IEASA prevé que las partes se sometan a la justicia en lo Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires, mientras que el contrato de la ronda anterior prevé arbitraje ante la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.
  • El pliego de la Ronda 3 prevé expresamente que los volúmenes adjudicados bajo esa ronda no gozan de derechos adicionales de exportación en firme de gas natural en el marco de la Resolución SE 360/2021, que regula el procedimiento de autorizaciones de exportación de gas, mientras que los volúmenes adjudicados bajo las dos rondas anteriores sí gozaban de estos derechos.
  • Los compromisos de inyección contemplados en los contratos que se hubieran celebrado como consecuencia de las adjudicaciones realizadas en el marco de las Rondas 1 y 2 tendrán prioridad de despacho por sobre los celebrados en el marco de la Ronda 3.
  • El precio a ser ofertado bajo esta Ronda 3 debía ser un precio igual o inferior al precio máximo del gas natural en el PIST correspondiente a los volúmenes adjudicados conforme al Anexo II de la Resolución SE 447/2020 (que asignó los volúmenes adjudicados bajo la Ronda 1), multiplicado por un factor de ajuste de 0,82 para los meses de octubre a abril de cada año y un factor de ajuste de 1,25 para los meses de mayo a septiembre de cada año. Para un detalle del precio a ser ofertado bajo las rondas anteriores, remitimos a nuestros anteriores artículos.