ARCA reglamenta el Fondo de Asistencia Laboral
La Resolución establece los procedimientos que deberán seguir los empleadores para determinar, declarar e ingresar las contribuciones al FAL.
La Resolución General 5907/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), publicada en el Boletín Oficial el 1.° de octubre de 2026, reglamenta los aspectos operativos del Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Entrará en vigencia el 1.° de noviembre de 2026 y será aplicable a las declaraciones juradas correspondientes al período devengado desde noviembre de 2026 en adelante.
La Resolución establece los procedimientos para identificar a los empleadores privados alcanzados, registrar la Cuenta Individual del Empleador e informar su correspondiente “ID FAL”. También, fija las alícuotas de contribución según la caracterización de cada empleador. Estas contribuciones se declararán mediante el formulario F. 931 y se ingresarán a través del Volante Electrónico de Pago (VEP), junto con las restantes obligaciones de la seguridad social.
Las contribuciones al FAL tendrán como contrapartida una reducción de determinadas contribuciones patronales a la seguridad social. ARCA recalculará automáticamente las alícuotas de los otros subsistemas. Si las contribuciones disponibles no alcanzan para absorber el importe destinado al FAL, la diferencia no generará un saldo que pueda trasladarse a períodos posteriores.
Por eso, el impacto del nuevo esquema deberá analizarse según la situación contributiva de cada empleador.
Los invitamos a consultarnos para analizar cómo aplicar el FAL a tu caso concreto.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.