ARTÍCULO

Vigencia y eficacia del Acuerdo Bilateral sobre Residencia (acuerdo operativo bilateral Argentina-Brasil)

El 17 de julio de 2007 se publicó en el Diário Oficial da União de Brasil la Instrução Normativa N° 106, de fecha 9 de julio de 2007, del Departamento Nacional de Registro de Comercio que dispone sobre la implementación del Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Partes del Mercosur.
15 de Agosto de 2007
Vigencia y eficacia del Acuerdo Bilateral sobre Residencia (acuerdo operativo bilateral Argentina-Brasil)

El presente comentario complementa lo informado en el artículo “Vigencia y eficacia del Acuerdo Bilateral sobre Residencia” publicado en Marval News # 58 del 28 de febrero de 2007.

El Departamento Nacional de Registro de Comercio resolvió que los ciudadanos argentinos que obtengan la visa temporaria de conformidad con el Acuerdo arriba citado, podrán ser designados o elegidos para el cargo de administradores de sociedades o cooperativas brasileñas.

Asimismo, dispuso que esos actos puedan ser debidamente registrados en los órganos del registro de empresarios o empresas mercantiles (Juntas Comerciales), de acuerdo con la legislación brasileña, siempre que sean respetadas las reglas internacionales objeto de los acuerdos y protocolos firmados en el ámbito del Mercosur.

La Instrução Normativa está en vigor desde el pasado día 17 de julio de 2007.