ARTÍCULO

Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Neuquén, 31/05/2012, Corporación Minera del Neuquen (CORMINE) S.E.P. c/ Municipalidad de Loncopué s/ medida cautelar

13 de Julio de 2012
Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Neuquén, 31/05/2012, Corporación Minera del Neuquen (CORMINE) S.E.P. c/ Municipalidad de Loncopué s/ medida cautelar

CORMINE solicitó la suspensión de la ejecución de la Ordenanza 1054/2012 de la Municipalidad de Loncopué, por medio de la cual se convoca a un referendum para el día 03/06/2012 referido a un proyecto de ordenanza cuyo objeto es la prohibición de la explotación de minerales a cielo abierto y el empleo de técnicas de lixiviación, entre otras tareas relacionadas con la actividad minera. Además, solicitó el dictado de una medida cautelar de no innovar con el fin de que el Municipio se abstenga de realizar el referendum convocado. Fundó su petición en la inconstitucionalidad de la convocatoria, debido a la incompetencia del Concejo Deliberante para realizar un referéndum vinculante; su incompetencia para legislar en materia electoral; y su incompetencia en razón de la materia, debido a que la regulación de la actividad minera es materia federal.
El Tribunal, al resolver, advirtió que la complejidad de la cuestión requeriría de un análisis más amplio que el que permite el proceso cautelar. Rechazó las medidas cautelares solicitadas, señalando que no había sido suficientemente demostrada la inconstitucionalidad alegada, dada la presunción de validez que poseen los actos de los poderes públicos y la excepcionalidad de la medida solicitada. El peligro en la demora, por otra parte, tampoco se encontraba acreditado.