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Se modifican los requisitos para la constitución de inversiones de portafolio en el exterior

El Banco Central de la República Argentina flexibilizó los requisitos que deben cumplir las entidades financieras del exterior a las que se transfieran fondos para realizar inversiones de portafolio en el exterior de residentes argentinos.
11 de Noviembre de 2008
Se modifican los requisitos para la constitución de inversiones de portafolio en el exterior

Mediante la Comunicación “A” 4850, vigente a partir del 17 de octubre de 2008, el Banco Central de la República Argentina eliminó el requisito de que las entidades del exterior a las que se podían transferir fondos adquiridos en concepto de inversiones de portafolio de residentes argentinos estuviesen constituidas en países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD) cuya deuda soberana contase con una calificación internacional no inferior a “BBB”.

Asimismo, eliminó la posibilidad de que la transferencia de los fondos sea hecha a sub-cuentas a nombre de quien realiza la operación; permitiendo sólo como destino de los fondos las cuentas de entidades bancarias del exterior o de entidades financieras que realicen habitualmente actividades de banca de inversión.

La norma mantiene los requisitos de que la cuenta bancaria destino de los fondos debe estar registrada a nombre de quien realiza la operación de cambio; y de que las compras mayores al equivalente a US$ 10.000 pueden realizarse con débito de una cuenta bancaria a la vista a nombre de quien realiza la operación, por transferencia vía medio electrónico de pago (MEP) a favor de la entidad interviniente desde cuentas bancarias a la vista del cliente, o por pago con cheque de la cuenta propia de quien realiza la operación.

Finalmente, la norma elimina la excepción al límite mensual permitido a los Fondos de Jubilaciones y Pensiones para comprar divisas para realizar inversiones de portafolio, reduciendo el monto anteriormente permitido –por la Comunicación “A” 4724- de US$ 20.000.000 al equivalente a US$ 2.000.000 mensuales.