Se disuelve el Fondo Fiduciario del Servicio Universal
La medida se produjo debido a irregularidades y falta de justificación en la gestión del fondo.

Mediante el Decreto 6/2025, publicado en el Boletín Oficial el 3 de enero de 2025, el Poder Ejecutivo ordenó la disolución de varios fondos fiduciarios, entre ellos el Fondo Fiduciario del Servicio Universal −creado por el artículo 21 de la Ley de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones 27078 (Ley Argentina Digital)−.
El Fondo Fiduciario del Servicio Universal había sido establecido para financiar el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y para garantizar la neutralidad de las redes. Su financiación provenía de aportes de inversión realizados por los licenciatarios de servicios de TIC, equivalentes al 1 % de los ingresos totales devengados por la prestación de estos servicios (descontados los impuestos y tasas).
En los considerandos del decreto, se menciona que la política pública de garantizar el acceso al Servicio Universal permanece vigente y, por eso, la obligación de realizar los aportes de inversión a cargo de los licenciatarios.
En ese sentido, el 15 de enero de 2025 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 3/2025 del Ente Nacional de Comunicaciones. Allí se resolvió que, hasta la finalización del proceso de disolución y liquidación del fondo, se mantienen vigentes los procedimientos de declaración jurada e ingreso de aportes instrumentados por el organismo.
Finalmente, el decreto estableció que las obligaciones de los fiduciarios seguirán vigentes para garantizar la coordinación, producción de información y ejecución de los actos relacionados con la administración de la disolución y posterior liquidación del fondo.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.