ARTÍCULO

Se aprueban Guías prácticas para las contrataciones públicas

La Oficina Nacional de Contrataciones busca orientar la gestión de los procedimientos de contratación de la Administración Pública Nacional.

4 de Julio de 2023
Se aprueban Guías prácticas para las contrataciones públicas

Recientemente, la Oficina Nacional de Contrataciones dictó la disposición 24/2023 (publicada en el Boletín Oficial el 12/6/2023) a través de la cual aprobó las guías prácticas para los procedimientos del régimen de contrataciones de la Administración Pública Nacional, regulados por Decreto Delegado n.° 1023/2001 y su normativa reglamentaria.

Estas guías son herramientas metodológicas que ayudan a orientar la gestión de los procedimientos de contratación, mediante una secuencia ordenada de sus distintas etapas. Según se establece en los considerandos de la norma, pueden existir algunas etapas que, por las características particulares de cada organismo, deban tramitarse de una forma diferente, sin que esto implique infringir la normativa vigente.
 

Las guías prácticas abordan procedimientos de:

1. Licitación pública y concurso público de etapa única nacional (anexo I)

2. Licitación privada y concurso privado de etapa única nacional (anexo II)

3. Contrataciones Directas:

a.       por monto (anexo III);

b.       por especialidad (anexo IV);

c.       por exclusividad (anexo V);

d.       por procedimiento desierto o fracasado (anexo VI);

e.       por urgencia (anexo VII);

f.        por emergencia (anexo VIII);

g.       para reparaciones (anexo IX);

h.       interadministrativas (anexo X);

i.        con universidades nacionales (anexo IX);

j.        con personas físicas o jurídicas inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social (anexo XII); y

k.       de locación de inmuebles (anexo XIII).
 

Las guías describen en detalle las tareas que deben seguirse en cada una de las etapas de los procedimientos, las áreas responsables y los plazos correspondientes, sin dejar de respetar las particularidades de cada procedimiento de contratación. En líneas generales, allí se prevé:

1.     una etapa previa a la convocatoria a un procedimiento: elaborar, aprobar y difundir el plan de contrataciones;

2.   una etapa inicial: confeccionar el requerimiento de bienes o servicios necesitados; verificar el crédito presupuestario y registrar preventivamente el gasto; verificar que existan pliegos generales, y confirmar si existen otros procedimientos con el mismo objeto;

3.    la obligación de confeccionar los pliegos particulares; autorizar la convocatoria; ejercer el control de precios testigos y dar publicidad al llamado a la convocatoria, una vez seleccionado el tipo de procedimiento;

4.  obligaciones con respecto a las circulares aclaratorias o modificatorias, la apertura y evaluación de ofertas, la etapa de observaciones, impugnaciones y la adjudicación, que se establecerán en cada procedimiento de contratación; y

5.     una etapa final: el perfeccionamiento del contrato.
 

Para acceder a la disposición y a sus anexos haga clic aquí.