Se aprueba el Reglamento sobre administración, gestión y control del espectro radioeléctrico
El ENACOM busca clarificar, ordenar y agilizar los procesos para asignar y adjudicar frecuencias del espectro radioeléctrico, y autorizar y habilitar estaciones radioeléctricas.

El 11 de mayo de 2023, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución n.° 682/2023 del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), que aprueba el nuevo Reglamento sobre administración, gestión y control del espectro radioeléctrico. Allí, el reglamento establece principios, disposiciones, criterios y procedimientos aplicables para, administrar y controlar el espectro radioeléctrico para servicios y sistemas de radiocomunicaciones en la Argentina. Asimismo, busca en particular clarificar, ordenar y agilizar los procesos para asignar y adjudicar frecuencias del espectro radioeléctrico, y autorizar y habilitar estaciones radioeléctricas en la Argentina.
El ENACOM, que es la autoridad de aplicación, tiene la obligación de mantener actualizado el Cuadro de Atribución de Bandas de Frecuencias de la República Argentina (CABFRA). Además, tiene competencias para:
- establecer la modalidad, procedimiento y condiciones para asignar frecuencias o bandas de frecuencias;
- definir las políticas en materia de espectro;
- elaborar y actualizar la normativa aplicable al uso del espectro radioeléctrico;
- establecer un proceso de reorganización del espectro y/o migración de sistemas de bandas de frecuencia;
- otorgar las asignaciones y/o permisos de uso de frecuencias y las autorizaciones necesarias para ceder o transferir permisos de uso y para celebrar acuerdos de arrendamiento,
- administrar, gestionar y reglamentar el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL), en el que deberán estar inscriptos todos los equipos y sistemas de radiocomunicaciones, así como las actividades vinculadas con su fabricación o comercialización.
Además, se prevé que se dicten reglas específicas para que los titulares de autorizaciones de uso de bandas de frecuencias puedan arrendarlas a favor de terceros, previa autorización del ENACOM y de que los licenciatarios de Servicios TIC puedan establecer acuerdos para compartir bandas de frecuencias asignadas para su prestación.
El Reglamento incorpora el concepto de “espectro de uso libre o colectivo” como aquellas bandas de frecuencias que utilizarán usuarios y proveedores de servicios que tengan iguales derechos de prioridad para acceder y que estén exentas de autorización. Asimismo, la norma establece que el ENACOM deberá autorizar toda estación radioeléctrica y red de comunicación dentro del territorio nacional antes de que se instale, haga modificaciones, o comience a operar. Las estaciones radioeléctricas, medios y sistemas de comunicación que funcionen sin título legal que legitime su operatividad serán consideradas clandestinas o ilegales.
Por otro lado, las personas humanas o jurídicas titulares de asignaciones, autorizaciones, adjudicaciones y/o permisos de uso de bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico estarán sujetos a un régimen de derechos y aranceles. Mientras que, en general, cualquier infracción por incumplir las disposiciones del Reglamento estará sujeto al régimen sancionatorio de la Ley Argentina Digital n.° 27078.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.