ARTÍCULO

Río negro: derogación de la ley que prohibía el uso de cianuro y mercurio en la minería. Nueva regulación ambiental

1 de Diciembre de 2011
Río negro: derogación de la ley que prohibía el uso de cianuro y mercurio en la minería. Nueva regulación ambiental

En virtud de la Ley 3.981, existía en la Provincia de Río Negro la prohibición de utilizar cianuro y/o mercurio en el proceso de extracción, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos. Desde el 5 de enero de 2012, ha quedado sin efecto esa prohibición ya que la Ley 4.738 ha derogado expresamente a la Ley 3.981.

Por otro lado, la Ley 4.738 ha establecido algunas regulaciones ambientales aplicables a la actividad minera, a saber:

  1. Crea, en el ámbito de la Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería de la Provincia de Río Negro, el Consejo Provincial de Evaluación Ambiental Minera (Co.P.E.A.M.), cuya función será la de evaluar los estudios de impacto ambiental que la actividad minera pudiera producir en la provincia de Río Negro.
  2. El procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental estará integrado por las siguientes etapas: (i) Estudio de Impacto Ambiental; (ii) Dictamen Técnico; (iii) Dictamen del Consejo Provincial del Medio Ambiente (CODEMA); y (iv) Audiencia Pública.
  3. Los estudios de Impacto Ambiental tendrán carácter de declaración jurada; serán suscriptos por profesionales idóneos –en las materias que comprenda- que deben estar inscriptos en registros creados a tal fin.