Reglamentación de la ley de teletrabajo

ARTÍCULO
Reglamentación de la ley de teletrabajo
20 de Enero de 2021
Reglamentación de la ley de teletrabajo

El 20 de enero, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 27/2021 que aprueba la reglamentación de la Ley 27555 sobre el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo (ley de teletrabajo).

Dicha ley fue publicada en el Boletín Oficial el 14 de agosto de 2020 y consta de 19 artículos, de los cuales el Poder Ejecutivo Nacional reglamentó 11. Entre ellos, se encuentran disposiciones sobre los casos en los que la ley de teletrabajo no será de aplicación, el derecho a la desconexión digital, condiciones para las tareas de cuidados de personas que eventualmente realice la persona que teletrabaja; límites y requisitos para la reversibilidad, la naturaleza jurídica de la provisión de elementos de trabajo y compensación de gastos, la representación sindical de la persona que teletrabaja, las condiciones sobre higiene y seguridad, los sistemas de control del empleador, y el derecho a la intimidad de la persona que teletrabaja.

Finalmente, el Decreto establece que el Ministerio de Trabajo dictará una resolución en la que indicará la fecha a partir de la cual comenzará a computarse el plazo de 90 días que prevé la ley de teletrabajo para su entrada en vigor.