Registro Nacional de Bases de Datos

La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales postergó la implementación del Registro Nacional de Bases de Datos (ver “Implementación del Registro Nacional de Bases de Datos” en Marval News # 37 y “Registro Nacional de Bases de Datos – Recordatorio” en Marval News # 38).
La Disposición Nº 4/05 de la citada Dirección Nacional prorrogó el plazo para la implementación del Registro hasta el 1 de agosto de 2005. Dicha inscripción es obligatoria para todos los archivos, registros, bases o bancos de datos privados destinados a dar informes, es decir aquellos cuyo uso excede el exclusivamente personal y/o que cedan o transfieran datos personales (entendiéndose por éstos cualquier información referida a personas físicas o de existencia ideal), independientemente de que la circulación del informe o la información producida sea a título oneroso o gratuito.
Como consecuencia de la prórroga establecida, las bases de datos privadas existentes con anterioridad a la implementación del Registro tendrán plazo para inscribirse hasta el 31 de enero de 2006. Asimismo se mantiene la obligación de inscribir, con carácter previo a su puesta en marcha, las bases de datos privadas que se formen con posterioridad al 1 de agosto de 2005.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.