Reducción del parking para las operaciones de CCL
La Comisión Nacional de Valores redujo el período mínimo de tenencia aplicable para la venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera en el mercado local. Asimismo, se estableció un límite semanal a la operatoria contra dólar cable.

El 12 de enero de 2021, la Comisión Nacional de Valores (CNV) dictó la Resolución General N° 878, que redujo el plazo mínimo de tenencia (o parking) aplicable a las operaciones de contado con liquidación en moneda extranjera en jurisdicción local (es decir, contra dólar MEP) a un día hábil contado a partir de su acreditación en Caja de Valores S.A. (en su carácter de agente depositario central de valores negociables), ya sea que se trate de:
- la venta de los valores negociables con liquidación en moneda extranjera en el mercado local; o
- la venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera en el mercado local cuando estos provengan de transferencias desde entidades depositarias del exterior.
Finalmente, la CNV estableció que, para las operaciones de compraventa de valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina bajo ley local realizadas por los clientes de los ALyC, la cantidad de valores negociables vendidos contra dólar cable no podrá ser superior a 100 000 nominales respecto de la cantidad de valores negociables comprados con liquidación en dólar cable. Dicho límite opera para cada subcuenta comitente como para el conjunto de subcuentas comitentes de las que fuera titular o cotitular un mismo sujeto.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.