Proyectos de reforma de la Ley de Concursos y Quiebras a raíz del coronavirus

ARTÍCULO
Proyectos de reforma de la Ley de Concursos y Quiebras a raíz del coronavirus

En virtud de la crisis surgida por la COVID-19, se presentaron doce proyectos de ley para reformar la Ley N° 24522. A continuación, presentamos los principales cambios de cada propuesta.

21 de Julio de 2020
Proyectos de reforma de la Ley de Concursos y Quiebras a raíz del coronavirus

El mundo entero se encuentra atravesando una gran crisis económica producto de la pandemia y de las medidas que en la mayoría de los países se tuvieron que sancionar para poder controlarla, particularmente la que respecta al aislamiento social. Esta crisis pone en jaque el funcionamiento de las empresas, con un impacto directo en la situación económica de gran parte de la población.

Con la presentación de diferentes proyectos de ley para reformar parcialmente la actual Ley de Concursos y Quiebras, el Poder Legislativo intenta introducir en el régimen legal herramientas que ayuden a solucionar esta crisis. La preservación de las empresas y la conservación del empleo son sus principales objetivos.

Situación similar a la que ocurrió a raíz de la crisis del 2001 con la sanción de las Leyes N° 25563 y N° 25589, que modificaron la Ley Concursal, y cuyo cambio sustancial y de mayor valor se dio en la normativa del Acuerdo Preventivo Extrajudicial, que se constituyó en una herramienta muy eficaz para las reestructuraciones de deuda privada más importantes de la historia económica Argentina.

Los siguientes son los proyectos actuales y sus principales propuestas:

  • Diputado Luis Di Giacomo (Río Negro - Juntos Somos Río Negro) y otros: creación de un régimen concursal especial para personas humanas, micro o pequeñas empresas y sujetos comprendidos en el actual régimen de pequeños concursos y quiebras. Creación de un “convenio de crisis” respecto de empleados del concursado.

 

Asimismo, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, propone la extensión del período de exclusividad de los entes concursados, la prórroga de los plazos de cumplimiento de acuerdos homologados, el levantamiento de prohibiciones temporales a presentarse nuevamente en concurso preventivo por personas ya concursadas, creación de financiamiento especial para concursados por parte del Banco Central, la libre contratación con el Estado Nacional, Provincial o Municipal, como así también la suspensión de subastas y medidas cautelares.

 

  • Diputada Ximena García, (Santa Fe - UCR): con vigencia hasta el 30 de diciembre de 2020, propone reformas en el régimen de Acuerdos Preventivos Extrajudiciales a fin de reducir los plazos y suspender las ejecuciones en trámite. También la suspensión de pedidos de quiebra realizados por acreedores, la posibilidad de renegociación de acuerdos homologados incumplidos, la extensión del período de exclusividad, la posibilidad de prórroga de acuerdos homologados o presentación de nuevas propuestas. Por último, propone la creación de financiamiento crediticio especial para concursados.

 

  • Senadora Silvina García Larraburu (Río Negro - Frente de Todos): suspensión por 180 días de los pedidos de quiebra, de las ejecuciones judiciales y extrajudiciales en los procesos concursales y medidas cautelares sobre ciertos bienes del deudor.

 

  • Diputado Carlos Selva (Buenos Aires - Frente de Todos): suspensión hasta el 31 de diciembre de 2020 del período de exclusividad, de las ejecuciones judiciales y extrajudiciales, de los plazos de cumplimiento de acuerdos homologados y del trámite de los pedidos de quiebra.

 

  • Senador Alfredo Luenzo (Chubut - Chubut Somos Todos): reformas al régimen de pequeños concursos y quiebras, incluyendo a las MiPyME, con flexibilización de requisitos, reducción de plazos, levantamiento de medidas cautelares sin sustanciación, improcedencia de subastas, verificación de créditos de pleno derecho en las condiciones denunciadas por el deudor en caso de no presentarse la verificación.

 

  • Senador Esteban Bullrich (Buenos Aires - Cambiemos Buenos Aires), Diputado Cristian Adrián Ritondo (Buenos Aires - PRO) y otros: régimen especial para contratación de préstamos destinados al capital de trabajo del concursado, prohibición de restricciones temporales a nuevas presentaciones en concurso preventivo, posibilidad de adecuación de los acuerdos homologados por circunstancias extraordinarias que imposibiliten su cumplimiento.

 

Asimismo, los mismos legisladores presentaron otro proyecto que propone la creación de un nuevo procedimiento de restructuración de deuda mucho más simplificado, con poca intervención judicial y más intervención extrajudicial mediante la dirección y asistencia de un negociador.

 

  • Diputada Lorena Matzen (Río Negro – UCR): con vigencia durante la emergencia sanitaria y económica, amplía los sujetos comprendidos en el régimen de pequeños concursos y quiebras

 

  • Diputada Brenda Lis Austin (Córdoba – UCR). Modifica el régimen de pequeños concursos y quiebras: elimina la necesidad de acompañar certificación contable sobre deudas laborales o de la seguridad social en la presentación del concurso preventivo, la figura del comité de control y su exclusión del régimen de salvataje.

 

  • Diputado Ezequiel Fernández Langan (Buenos Aires – PRO): con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020 o hasta que finalice el aislamiento obligatorio (lo que ocurra último) y durante todo el trámite de los procesos iniciados durante ese período, propone la suspensión de los pedidos de quiebra, ejecuciones judiciales y extrajudiciales (excluyendo créditos con garantía real), la prórroga por 180 días del cumplimiento de los acuerdos homologados y la posibilidad de instrumentar los APE por acta de mediación, la reducción de costas, la posibilidad de presentarse en concurso y verificar créditos en formato digital (incluida la documentación). Por otro lado, establece la exclusión del crédito quirografario de AFIP y órganos similares para el cómputo de las mayorías. Por último, establece la prohibición de cancelar permisos licencias o concesiones a causa de la presentación en concurso.

 

  • Diputado Francisco Sánchez (Buenos Aires – PRO): propone, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, la prórroga por 180 días del período de exclusividad, la prórroga de 360 días para el cumplimiento de acuerdos homologados (con suspensión de intereses) y por igual plazo la suspensión de pedidos de quiebra a pedido de acreedores y levantamiento de inhibición para presentarse en nuevo concurso preventivo.

 

Por otro lado, propone incluir la posibilidad del concursado de contratar préstamos destinados al capital de trabajo durante cualquier etapa del concurso, previo dictamen del síndico y autorización del juez.

Asimismo, propone la creación, dentro de la LCQ, de un nuevo proceso de reestructuración de deuda que denomina “Acuerdo Preventivo Extrajudicial Simplificado”, aplicable para los casos de insolvencia causados por una situación de emergencia declarada por ley. Tramita en sede judicial, pero contando con la asistencia del síndico como mediador concursal, quien se encarga de realizar la propuesta a los acreedores. Se requiere la obtención de la conformidad de acreedores que representen el 60% del pasivo (excluyendo créditos fiscales y con garantía real). En caso de no alcanzarse dichas mayorías pero obtener la de un 40% de los acreedores, el juez puede imponer la propuesta a todos los acreedores (excepto créditos excluidos).

 

  • Diputadas Liliana Yambrun y Jimena López (Buenos Aires – Frente de Todos): prevé la posibilidad de prorrogar hasta por un año el periodo de exclusividad y los plazos de cumplimiento de un acuerdo homologado. Sugiere la suspensión de ejecuciones contra concursados (incluyendo créditos con garantías reales) y el levantamiento de medidas cautelares. Asimismo propone la suspensión por 180 días de los pedidos de quiebra, Por otro lado, establece el acceso al crédito para concursados a fin de poder formular su propuesta de acuerdo.

 

  • Senadora María Clara del Valle Vega (La Rioja - Mediar Argentina): en los casos de emergencia sanitaria, los establecimientos asistenciales que han sido desafectados por el fallido serían puestos a disposición de la autoridad sanitaria.

 

Cabe aclarar que los propios legisladores del partido Frente de Todos han confirmado durante sesión legislativa que el Poder Ejecutivo Nacional se encuentra preparando otro proyecto para presentar ante el Congreso.

La síntesis de las medidas propuestas por los legisladores no asegura, a nuestro juicio, el éxito en la recuperación de las empresas en estado de insolvencia. La diferencia con crisis anteriores es que ahora se presenta un problema de liquidez y financiamiento de la gran mayoría de los actores económicos, y las propuestas detalladas no atacan la causa sino sus efectos. Es necesario generar instrumentos que logren acercar a las partes –los distintos acreedores y deudores- a fin de que acuerden la solución al cumplimiento de sus obligaciones y además inyectar flujos de fondos que ayuden a la economía de las empresas.

En ese sentido algunos de los instrumentos propuestos, como, por ejemplo, la regulación legal de la financiación a las empresas concursadas - un tema ya hace tiempo en debate- como así también el proceso con la intervención de un negociador o mediador constituyen herramientas que serán, a nuestro criterio, de utilidad en la solución de la insolvencia.

Obtenido el resultado buscado entre acreedores y deudores, de resultar necesario por cuestiones legales o contractuales, se deberá acudir a la solución práctica y eficiente del Acuerdo Preventivo Extrajudicial.