ARTÍCULO

Protección de datos personales en videollamadas: nuevas recomendaciones de la Agencia de Acceso a la Información Pública

La Agencia de Acceso a la Información Pública redactó sugerencias para proteger los datos personales en las distintas plataformas de videollamadas, siguiendo la línea de las Guías específicas de para la Protección de Datos por COVID-19.

19 de Agosto de 2021
Protección de datos personales en videollamadas: nuevas recomendaciones de la Agencia de Acceso a la Información Pública

Los puntos que destacó son los siguientes:

  • Leer las políticas de privacidad y condiciones de las aplicaciones móviles o plataformas que se van a utilizar. Las empresas deben pedir el consentimiento para tratar los datos personales de los usuarios y debe ser por escrito u otro medio similar, de manera clara y sencilla.
  • Las empresas tienen que informar previamente cuales son los fines de la obtención de los datos y sus consecuencias, los destinatarios y, en caso de que se almacenen en una base de datos, el nombre y los datos de contacto del responsable de la base.
  • Si una videollamada es grabada, debe ser informado previamente, de manera explícita y concreta, junto con el fin del uso de esas imágenes.
  • Se recomienda el uso de plataformas que permitan poner contraseña a las salas o llamadas, además de una identificación (ID) que solo tengan las personas invitadas a participar.
     

La Ley 25326 de Protección de los Datos Personales reconoce y garantiza los derechos de los usuarios como titular de datos personales. Así, la Agencia de Acceso a la Información Pública remarcó que, en caso de incumplimiento, es posible hacer un reclamo ante su Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.