ARTÍCULO

Prórroga del nuevo régimen para la marina mercante argentina

Se prorrogó el régimen promocional que permite a los armadores argentinos arrendar a casco desnudo buques de bandera extranjera que son considerados como argentinos a los efectos de su participación en los tráficos reservados para la bandera argentina.
12 de Octubre de 2006
Prórroga del nuevo régimen para la marina mercante argentina

En “Nuevo régimen para la marina mercante argentina - Decreto Nº 1010/2004”, publicado en Marval News # 31 del 31 de agosto de 2004, informamos que mediante el Decreto Nº 1010/2004:

(a)   se derogó el Decreto Nº 1772/1991 y sus modificatorios, que había permitido la baja provisoria de la bandera argentina, aunque manteniendo la posibilidad de que estos buques siguieran participando de los tráficos reservados a la bandera argentina,

(b)   se dispuso que los buques que se habían acogido al Decreto Nº 1772/1991 retornaran a la bandera argentina dentro de los dos años, y

(c)   se estableció, por dos años, un régimen promocional que permite a los armadores argentinos arrendar a casco desnudo buques de bandera extranjera que son considerados como argentinos a los efectos de su participación en los tráficos reservados para la bandera argentina.

El régimen promocional mencionado en (c) ha sido prorrogado mediante el Decreto Nº 1022/2006, publicado en el Boletín Oficial del 15 de agosto de 2006.

La prórroga se extenderá hasta la fecha en que entre en vigencia un nuevo régimen legal para la marina mercante nacional. Tal nuevo régimen aún no ha sido dictado y por ahora no puede estimarse cuándo será dictado.

En consecuencia, actualmente mantiene su vigencia el régimen descripto en el artículo “Nuevo régimen para la marina mercante argentina - Decreto Nº 1010/2004” antes referido, particularmente en sus puntos 5 a 13.