ARTÍCULO

Programa para mejorar el Factor de Potencia

El ENRE busca impulsar el uso eficiente de la energía eléctrica y las instalaciones de distribución en las áreas de EDESUR y EDENOR.

26 de Febrero de 2024
Programa para mejorar el Factor de Potencia

El 5 de febrero de 2024, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 85 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE). Allí se estableció el Programa para mejorar el Factor de Potencia de las áreas de concesión de las distribuidoras EDESUR y EDENOR.

Entre los puntos más importantes, se destacan:

I.        Nuevo límite del factor de potencia

En el marco de este programa, el ENRE aumentó de 0,85 a 0,95 el límite del factor de potencia inductivo a partir del cual no se penaliza al usuario en las áreas concesionadas a EDESUR y EDENOR.

II.       Mediciones

Se establece que la medición del factor de potencia y las variables asociadas, así como la definición de las características del equipo de corrección a instalar serán responsabilidad de EDESUR y EDENOR en sus respectivas áreas de concesión. Además, deberán informarse a los titulares de las cuentas o al consorcio de copropietarios, en el caso de locales o inmuebles bajo el régimen de propiedad horizontal o conjunto inmobiliario.

EDESUR y EDENOR no podrán cobrar los servicios de medición del factor de potencia, determinación de los volúmenes de compensación, notificación al usuario o consorcio de copropietarios y las inspecciones o habilitaciones que correspondan.

III.      Equipos de corrección de factor de potencia

La Resolución 85 obliga a todo inmueble bajo el régimen de propiedad horizontal o conjunto inmobiliario que tenga una acometida general común que alimenta a todos los usuarios copropietarios dentro de la categoría tarifaria de pequeña o mediana demanda a instalar en el mismo inmueble, en caso de que presente un valor inferior al establecido, un equipo de corrección de factor de potencia que eleve el factor de potencia de la demanda conjunta de todos los usuarios del inmueble a 0,95.

Además, se establece que EDESUR y EDENOR podrán ofrecer la provisión e instalación de los equipos de corrección de factor de potencia, como actividad no regulada. Para esto, deberán llevar a cabo licitaciones nacionales e internacionales por órdenes de compra abiertas de toda la gama de equipos que prevean utilizar, con los alcances que el ENRE disponga. Estas licitaciones darán lugar a una lista de acceso público con los precios finales.

IV.      Régimen de transición

Por un período de dos años contados desde la publicación de la Resolución 85 en el Boletín Oficial, si la distribuidora verificase un factor de potencia inferior al permitido, el plazo para regularizar las instalaciones será de 180 días para los usuarios de Tarifa 1 y de 120 días para usuarios de Tarifas 2 y 3.