Procesos Antidumping – Neumáticos de bicicletas de Indonesia, Tailandia y China

El Ministerio de Desarrollo Productivo, mediante la Resolución N° 488/2020, declaró procedente la apertura de examen por expiración de plazo y cambio de circunstancias de la medida impuesta mediante la Resolución N° 946 de fecha 17 de septiembre de 2015 del ex-Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, para las operaciones de exportación hacia la Argentina de neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de caucho del tipo de los utilizados en bicicletas, originarias de Indonesia, Tailandia y China, mercadería que clasifica en las posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 4011.50.00, manteniendo vigente los derechos antidumping hasta la conclusión del procedimiento de revisión.
Las empresas NEUBOR S.A. e IMPERIAL CORD S.A. solicitaron el inicio de examen de la medida antidumping.
Las autoridades calcularon un presunto margen de dumping de 533,74% para Indonesia, 528,28% para Tailandia, y 221,17% para China.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.