Patrimonio neto de las calificadoras de riesgo

El 11 de noviembre de 2007 la Comisión Nacional de Valores emitió la Resolución General N° 518/2007 (la “Resolución”), por medio de la cual se modifica el artículo 1 del Capítulo XVI de las Normas Generales, y se introduce un nuevo artículo 91 en el Capítulo XXXI.
El artículo 1 del Capítulo XVI de las Normas Generales de la Comisión Nacional de Valores establece los requisitos que deben ser cumplidos por las Sociedades Calificadoras de Riesgo a fin de ser registradas como tales en la Argentina.
Adicionalmente, el artículo 6(d) del Decreto N° 656/1992 dispone que las Sociedades Calificadores de Riesgo deben tener un patrimonio neto mínimo de $ 250.000 y permite expresamente a la Comisión Nacional de Valores modificar este requisito.
El artículo 1 de la Resolución modifica este requisito incrementando el patrimonio mínimo necesario de la suma de $250.000 a $800.000, e introduciendo este requisito dentro en el artículo 1 del Capítulo XVI de las Normas Generales de la Comisión Nacional de Valores.
Finalmente, el artículo 2 de la Resolución introduce el nuevo artículo 91 al Capítulo XXXI de las Normas Generales de la Comisión Nacional de Valores, el cual establece que todas las Sociedades Calificadoras de Riesgo actualmente existentes y registradas deben, con anterioridad al 8 de enero de 2008, demostrar en forma fehaciente que poseen un patrimonio neto mínimo de $ 800.000.
La Resolución es importante toda vez que modifica los requisitos con los que una Sociedad Calificadora de Riesgos debe cumplir a fin de ser registrada como tal ante la Comisión Nacional de Valores. Dicho registro es obligatorio para aquellas Sociedades que se desempeñen como Calificadoras de Riesgos en la Argentina. La Resolución establece también el plazo dentro del cual todas las Sociedades Calificadoras de Riesgo actualmente en existencia deben acreditar cumplimiento con este nuevo requisito.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.