Parlamento del Mercosur

El Parlamento cuenta con 18 parlamentarios de cada uno de los cinco Países Miembros - Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela -, de los cuales nueve son senadores y nueve diputados, nombrados por los respectivos Congresos Nacionales y que se encuentran actualmente desempeñando sus cargos en el Senado y en la Cámara de Diputados de cada uno de los países. Esta será la composición durante la primera etapa de implementación de este organismo que se extenderá hasta 2010. A partir de 2011 los legisladores serán elegidos por voto popular, de conformidad con la ley electoral de cada país y en fechas coincidentes con las respectivas elecciones nacionales.
Todos los parlamentarios tendrán derecho a voz y voto, con excepción de los venezolanos, que sólo tendrán derecho a voz, toda vez que este país todavía se encuentra en proceso de adhesión. Con esta misma restricción podrán ser invitados a participar de futuras sesiones los parlamentarios de los países asociados al Mercosur - Chile, Bolivia, Ecuador, Perú y Colombia.
Finalmente, en 2014 deberán realizarse las primeras elecciones simultáneas en todo el bloque para la elección de los integrantes de la última y definitiva etapa de implementación del Parlamento, cuyos mandatos comenzarán en 2015. La fecha de esta elección será celebrada como el "Día Mercosur Ciudadano" y será definida hasta fines del año 2012.
Los legisladores deben reunirse en sesiones ordinarias por lo menos una vez por mes y sus mandatos tendrán una duración de cuatro años. El Parlamento no dictará leyes supranacionales toda vez que su función es consultiva. Sus pareceres, proyectos de normas y recomendaciones, entre otros, necesitan de una ulterior sanción presidencial para tener efecto. Todas las decisiones y actos deben ser adoptados por mayoría simple, absoluta, especial o calificada.
Los temas a ser discutidos tienen, en principio, un enfoque social y laboral, pudiendo también referirse a conflictos comerciales. Serán debatidas también las cuestiones referentes al ingreso de nuevos miembros al bloque e incluso hasta la revisión de las Constituciones de cada país para tornarlas más semejantes entre ellas.
Este órgano unicameral, previsto desde el Tratado de Asunción, y definido por el Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur, compone la estructura institucional del bloque y substituye a la Comisión Parlamentaria Conjunta.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.