ARTÍCULO

Obligación de inversión en moneda nacional de las reservas técnicas de compañías aseguradoras y consecuente desarme de carteras dolarizadas

La Superintendencia de Seguros de la Nación estableció la obligatoriedad de que las compañías aseguradoras inviertan sus reservas técnicas en la misma moneda en que deben ser pagadas sus obligaciones, esto es, mayoritariamente en moneda nacional, lo cual las obliga a un desarme de sus posiciones en moneda extranjera.

30 de Octubre de 2015
Obligación de inversión en moneda nacional de las reservas técnicas de compañías aseguradoras y consecuente desarme de carteras dolarizadas

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dispuso con fecha 27 de octubre de 2015, mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución N° 39.517, que las compañías aseguradoras "inviertan sus reservas técnicas en la misma moneda en que deben ser pagadas las obligaciones", es decir, mayoritariamente en moneda nacional, con el objeto de asegurar el calce de moneda de reservas técnicas, con lo cual deberán proceder al desarme de sus posiciones en exceso en moneda extranjera desde el 3 de noviembre al 31 de diciembre de 2015.

La Resolución determina que las aseguradoras deben mantener activos nominados en moneda extranjera únicamente hasta la concurrencia de las reservas técnicas que se originen en los contratos de seguros y reaseguros en moneda extranjera.

Por su parte, las reservas técnicas nacidas de obligaciones en moneda extranjera, cancelables en pesos, deben ser cubiertas con instrumentos financieros que revistan las mismas condiciones.

Las aseguradoras y reaseguradoras deben calzar los compromisos de corto plazo con instrumentos de menor maduración o mayor liquidez, mientras que aquellos compromisos más largos pueden ser cubiertos por activos de mayor maduración o menor liquidez. Asimismo los instrumentos de baja liquidez, para ser contemplados dentro del esquema de cobertura, deben presentar una vida promedio menor al vencimiento de las obligaciones que respaldan. Para ello las empresas deben mantener actualizadas sus estructuras temporales de vencimientos de pasivos.

La Resolución indica que las carteras deben tener la capacidad de responder a un pronto desarme de posiciones, sin que ello importe desvalorización de los activos en cuestión.

A efectos de cumplir con la normativa, las aseguradoras deberán reducir su exposición neta al tipo de cambio en un 50% al día 3 de noviembre de 2015, en un 70% al 30 de noviembre de 2015, y al 100% al 31 de diciembre de 2015.

Por otra parte, a efectos de controlar el cumplimiento de la normativa la SSN determinó que las compañías de seguros presenten mensualmente –con carácter de declaración jurada y dentro de los siguientes 5 días hábiles al cierre de cada mes- el detalle de los pasivos de los contratos, discriminados según su nominación sea en moneda nacional o extranjera, y según sean pagaderos en moneda nacional o en divisas.

Esta medida sigue a otras decisiones que obligaron a las aseguradoras a rearmar sus carteras, como por ejemplo la Resolución SSN N° 38.708 dictada el 6 de noviembre de 2014 (modificada por la Resolución SSN N° 39.438 del 18 de septiembre de 2015) que estableció porcentajes mínimos que las aseguradoras deben destinar a instrumentos que financien proyectos productivos o de infraestructuras (contemplados en el inciso k) del punto 35.8.1 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora).

Cabe señalar que medidas con efectos similares han sido dictadas también respecto de entidades financieras a través de la sucesiva reducción del porcentaje permitido de sus posiciones globales netas en moneda extranjera respecto de sus responsabilidades patrimoniales computables (Comunicaciones “A” 5536 y 5627 del Banco Central de la República Argentina) y de fondos comunes de inversión a través de la obligación de valuar sus activos cotizantes en el exterior al tipo de cambio oficial y no a su valor local de mercado en pesos (Resolución General N° 646/2015 de la Comisión Nacional de Valores). En la práctica, todas estas medidas obligaron a estos participantes del mercado a desinvertir en posiciones en moneda extranjera.