Obligación de acompañar informe médico en los acuerdos celebrados en la instancia del SECLO – Disposición 52411/2016
La disposición emitida por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social establece como requisito esencial acompañar un informe médico que indique la patología y porcentaje de incapacidad laboral del trabajador.
El 1 de noviembre de 2016, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en el marco de los reclamos derivados de accidentes laborales y enfermedades profesionales que afectan al trabajador en su relación laboral, emitió la Disposición 52411/2016.
La normativa de referencia fue emitida debido a la necesidad de acreditar el porcentaje de incapacidad del trabajador, en el marco antedicho.
En consecuencia, la disposición indica que será requisito esencial, en los acuerdos por accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales, celebrados en la instancia SECLO (conciliación laboral obligatoria, prejudicial), y de conformidad con el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, adjuntar un informe médico público o privado que establezca (i) la patología del trabajador y (ii) el porcentaje de incapacidad laboral con indicación de la fecha del hecho dañoso o primera manifestación invalidante, con firma inserta del profesional interviniente y sello respectivo indicando su matrícula nacional.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.