ARTÍCULO

Nuevos parámetros para ampliar los sistemas de transporte y distribución de energía eléctrica

El ENRE aprobó un nuevo régimen que busca agilizar la tramitación de ampliaciones de transporte y distribución de energía eléctrica.  

26 de Febrero de 2024
Nuevos parámetros para ampliar los sistemas de transporte y distribución de energía eléctrica

El 31 de enero de 2024 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 65 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) que, entre otras cuestiones:

  1. simplifica el trámite de aprobación de las Ampliaciones Menores;
  2. aprueba las metodologías para evaluar las solicitudes de (a) obras de construcción, extensión o ampliación de instalaciones eléctricas, y (b) acceso a la capacidad de transporte existente; y
  3. crea registros informativos.

A continuación, se describen las principales disposiciones de la Resolución 65:

I.        Ampliaciones Menores

El anexo I de la Resolución 65 define la “Ampliación Menor” como aquella que, de acuerdo a su alcance, envergadura, tiempo de ejecución, impacto ambiental incremental y montos de inversión involucrados, demandan un trámite simplificado y ágil para satisfacer las necesidades del servicio.

Este anexo tiene un listado no taxativo de obras que se consideran Ampliaciones Menores, por ejemplo:

  1. los campos y Celdas de Salida de alimentadores de 13,2 kV y 33 kV en Estaciones Transformadoras existentes;
  2. la instalación o cambio de Transformadores de Medida en general;
  3. la instalación o cambio de Trampas de Onda Portadora en general;
  4. los campos de salida de línea en 132 kV en Estaciones Transformadoras existente; entre otros. 

Las obras de ampliación que estén encuadradas en la categoría de Ampliación Menor no requerirán el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para realizarse y podrán ejecutarse una vez que reciban la autorización del ENRE.

II.         Metodologías para evaluar solicitudes

Los anexos II y III de la Resolución 65 aprueban, respectivamente, el Reglamento para el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública y el Reglamento para el otorgamiento de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente. Estos reglamentos complementan lo dispuesto en Los Procedimientos de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA) respecto del trámite de las solicitudes de ampliación y acceso a la capacidad de transporte existente.

El ENRE deberá resolver la solicitud del certificado o acceso, según sea el caso, en un plazo de tres meses, contados desde la presentación de la documentación requerida.

La Resolución 65 establece la posibilidad de que el ENRE revoque el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública o el otorgamiento del Acceso a la Capacidad de Transporte Existente en ciertos supuestos. Por ejemplo: cuando transcurridos tres años no se hubieran iniciado las obras o si, habiendo transcurrido dos años, existiera un nuevo solicitante.

III.        Registros Informativos: Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución y Accesos a la Capacidad de Transporte Existente

Estos registros, entre otros que se encontrarán disponibles en la página de Internet del ENRE, incluirán los siguientes datos:

  1. el título de la obra de ampliación o solicitud de acceso, según sea el caso;
  2. el número de expediente ENRE;
  3. el transportista o distribuidor bajo cuya concesión se realiza;
  4. la provincia o localidad de implantación;
  5. de corresponder, si se trata de una ampliación con Certificado de Necesidad y Conveniencia Pública o una Ampliación Menor; y
  6. el estado de la tramitación.