ARTÍCULO

Nuevos métodos para pagar con USD y cuentas de pago

El BCRA busca modernizar el sistema financiero al habilitar los pagos en USD con tarjetas de débito y regular el pago en cuotas a través de cuentas de pago.

5 de Febrero de 2025
Nuevos métodos para pagar con USD y cuentas de pago

El 16 de enero de 2025, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió la Comunicación “A” 8180. Allí, por un lado, habilitó a los comercios a aceptar pagos con tarjetas de débito en USD y, por otro lado, incorporó la posibilidad de pagar en cuotas un bien y/o servicio a través de las cuentas de pago.

Respecto de los pagos con tarjetas de débito, el BCRA amplió el alcance de varias disposiciones del Texto Ordenado “Sistema Nacional de Pagos – Servicios de Pago” relativas a los pagos con QR para estas operaciones, tanto en ARS como en USD.

Antes de esta Comunicación, la regulación de los pagos con QR e interoperabilidad aplicaba únicamente a los pagos con tarjetas de crédito y con transferencia cuando el adquirente o agregador también actuaba como aceptador (los invitamos a leer nuestro artículo al respecto).

Ahora, esta interoperabilidad se extiende a los pagos con tarjetas de débito. En otras palabras, el mismo QR que permite aceptar pagos con tarjetas de crédito deberá permitir aceptar pagos con tarjetas de débito.

Adicionalmente, se extiende la facultad de las billeteras digitales de cobrar comisiones a las emisoras de tarjetas cuando sus usuarios hayan iniciado un pago con tarjetas de débito desde su plataforma (y ya no únicamente con tarjetas de crédito).

Estas medidas deberán ser implementadas por los actores involucrados antes del 1.° de abril de 2025.

Por su parte, a partir del 28 de febrero de 2025, los proveedores involucrados (entidades financieras, billeteras digitales, adquirentes, agregadores y aceptadores) deberán asegurarse de que los pagos con tarjeta de débito en USD estén disponibles para los comercios que deseen aceptar esa modalidad de pago.

De esta manera, los comercios que opten por esta modalidad podrán ofrecer a sus clientes la posibilidad de abonar en USD utilizando sus tarjetas de débito habituales. Esta medida no requerirá la emisión de nuevas tarjetas, ya que las existentes incorporarán esta funcionalidad. Al momento de la transacción, el cliente podrá seleccionar la moneda de pago en las terminales POS.

Estas iniciativas del BCRA buscan incentivar el uso de USD en la economía y ofrecer mayor flexibilidad en las transacciones financieras, adaptándose a las necesidades actuales del mercado.

En el segundo punto de la Comunicación, el BCRA incorporó al DEBIN “programado” como una subespecie del medio de pago “Débito Inmediato” o DEBIN.

El DEBIN es un medio de pago que se ejecuta a través de una transferencia en línea, en la cual quien cobra inicia el trámite y quien paga solo debe aceptarlo. De esta manera, se debita un monto de la cuenta del cliente receptor de la solicitud luego de su autorización (los invitamos a leer nuestro artículo respecto del DEBIN).

Hasta el momento, estaban regulados dos tipos de DEBIN: el “DEBIN recurrente”, para pagos sucesivos y con autorización general (por ejemplo, para el pago de un servicio mensual); y el “DEBIN spot” para pagos puntuales y con autorizaciones sucesivas.

La modalidad del DEBIN “programado” prevé la posibilidad de realizar pagos en cuotas para la adquisición de bienes o servicios a través de una cuenta de pago. En otras palabras, con esta incorporación, se habilita la posibilidad de pagar en cuotas un precio fijo −ya sea de un bien o de un servicio− a través de una cuenta de pago.

Si bien el BCRA remite a las normas de Texto Ordenado “SINAP – Débito Inmediato” para regular al DEBIN programado, fijó algunos parámetros particulares para esta nueva modalidad del DEBIN. Entre otras estipulaciones, el BCRA estableció que:

  1. la cantidad y monto de las cuotas es fijo y se establecen de antemano;
  2. cada plan de pagos debe ser objeto de una adhesión individual;
  3. antes de que se procese la primera cuota, quien recibe la solicitud de débito (la entidad financiera o proveedor de servicios de pago que ofrece cuentas de pago) debe tener la autorización expresa del cliente receptor que confirme los detalles de la operatoria.

El DEBIN “programado” y su regulación entrarán en vigencia el 28 de febrero de 2025.