ARTÍCULO

Nuevos lineamientos de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia para las investigaciones de mercado

Los lineamientos incluyen una serie de etapas que van desde la selección de los sectores o mercados a investigar hasta la evaluación ex post.

3 de Febrero de 2023
Nuevos lineamientos de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia para las investigaciones de mercado

El 13 de enero de 2023, mediante la disposición n.° 37, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia aprobó los lineamientos para elaborar Investigaciones de Mercado que fueron redactados por la Dirección Nacional de Promoción de la Competencia. Los lineamientos establecen los criterios generales sobre las IM, analizados a continuación.

Investigaciones de mercado según la Ley de Defensa de la Competencia (LCD)

Las IM son procedimientos desarrollados por la Comisión para promover la competencia y así,  a través del estudio del sector, diagnosticar las condiciones de competencia del mercado en cuestión. Las IM pueden utilizarse para identificar cuestiones de competencia, modificar prácticas vigentes y prevenir prácticas perjudiciales. También pueden utilizarse para realizar recomendaciones pro-competitivas o sobre la apertura de una investigación de oficio en caso de advertir la existencia de posibles prácticas violatorias a la ley n.° 27442. 

Estas IM incluyen las siguientes etapas:

  1. Seleccionar los sectores o mercados a investigar

Una vez identificados los posibles sectores a investigar, la Comisión decidirá las IM a iniciar sobre la base de diferentes criterios para establecer un orden de prioridades, tales como:

  1. la importancia del mercado, incluyendo el impacto sobre los consumidores finales;
  2. la existencia de barreras a la entrada;
  3. el grado de concentración en el mercado;
  4. los encadenamientos con otros sectores de la economía;
  5. los gastos en investigación y desarrollo;
  6. la magnitud de las inversiones involucradas; y
  7. el nivel de participación de los demandantes que pertenecen a sectores de bajos ingresos de la población.

 

  1. Definir el alcance de la investigación e identificar los agentes económicos involucrados

En esta etapa se realiza un conjunto de actividades organizativas que precisan cómo se llevará adelante la IM, empezando por delimitar los temas a investigar, definir los tiempos previstos para llevar a cabo la investigación, conformar el equipo de trabajo, definir las personas e instituciones externas que estarán vinculadas a la investigación y establecer la forma en la que se los involucrará en el procedimiento.

 

  1. Recolectar la información preliminar y comunicar que se está llevando a cabo una investigación

Aquí se releva y acopia la información sobre el mercado a investigar (estudios, estadísticas, bases de datos, normativa, etc.). Esta etapa puede incluir información de fuentes tanto públicas como privadas, del ámbito nacional o internacional, así como de los propios antecedentes de la Comisión que surgen de investigaciones ya concluidas. En cualquier etapa del procedimiento, de considerarlo necesario, la Comisión podrá emitir comunicaciones respecto del inicio y/o curso de la investigación.

 

  1. Metodología de análisis

Para analizar la información recolectada se pueden aplicar distintos procedimientos. A modo enunciativo, a continuación se describen aquellas herramientas analíticas que son de uso habitual en las IM:

    1. identificación de la estructura del mercado y sus características específicas
    2. análisis de variables cuantitativas                          
    3. competencia potencial y desempeño de las firmas en el mercado
    4. evaluación del marco regulatorio del sector investigado

 

  1. Medidas de instrucción

Cuando las IM demanden recabar información adicional a la información preliminar recolectada, la Comisión dispone de medidas de instrucción amplias para obtenerla. Así, puede, por ejemplo, requerir de organismos públicos, empresas, expertos o particulares cualquier tipo de información que se considere relevante para la investigación. Según los artículos 36 y 39 inciso a) de la LDC, los requeridos contarán con un plazo de diez días hábiles desde que reciben el requerimiento para responder el pedido de información.

 

  1. Resultados posibles de una IM

Las IM finalizan con la publicación de un documento que expone los resultados, las conclusiones y, en caso de corresponder, las recomendaciones propuestas. Existen cuatro categorías de posibles resultados:

  1. Casos en los que no se detectan problemas de competencia ni oportunidades de mejoras normativas o regulatorias para promover la competencia.
  2. Casos en los que se identifica la posibilidad de mejorar las condiciones de competencia del mercado por medio de cambios en la regulación o en otras políticas públicas.
  3. Casos donde, a partir de la IM, surgen indicios de una potencial violación a la LDC. En estos, se puede recomendar abrir una investigación de oficio por presunción de comisión de conductas anticompetitivas.
  4. Casos donde, en el curso de la investigación, se detectaron posibles problemas de competencia en otros mercados no asociados a la presunción de una violación a la LDC. Aquí el resultado de la investigación puede ser la apertura de una nueva IM o la decisión de encomendar un estudio de mercado a un consultor externo.

 

  1. Estructura general de una IM

Si bien la estructura de las IM puede variar en función de las características intrínsecas de los sectores analizados, en líneas generales presenta este esquema:

    1. caracterización general de la industria
    2. antecedentes
    3. definición de los mercados relevantes de producto y geográfico
    4. análisis de competencia
    5. conclusiones y recomendaciones.

 

  1.  Evaluación ex post

La Comisión evaluará la necesidad y conveniencia de realizar tareas de seguimiento sobre los resultados del estudio realizado a fin de verificar, entre otras cuestiones relevantes el grado de cumplimiento y la efectividad de las recomendaciones realizadas (tanto respecto de otras áreas del sector público como en relación al sector privado) y la corrección o persistencia de los eventuales problemas de competencia identificados.

La emisión de estos lineamientos son un importante paso para que el funcionamiento de estos procedimientos, así como de sus posibles implicancias y resultados, sea más claro.