Nuevos códigos QR para facilitar las transferencias
El Banco Central ordenó a las entidades financieras y proveedores de servicios de pago que ofrezcan cuentas de pago que generen códigos QR para realizar transferencias.

El 19 de agosto de 2021, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció que las cuentas corrientes abiertas por personas humanas y jurídicas en entidades financieras y las cuentas de pago de los proveedores de servicios de pago (PSPOCP) cuyos titulares sean personas jurídicas deberán ser identificadas también por un código QR.
Esto significa que, para realizar transferencias inmediatas o pagos con transferencia, se podrá escanear el código QR de la cuenta receptora en lugar de ingresar manualmente el código CBU/CVU o Alias.
La medida fue oficializada el 23 de agosto, mediante la Comunicación “A” 7346 del BCRA, quien aclaró que los QR que se habiliten deberán cumplir con los estándares técnicos establecidos por ese organismo para realizar pagos y fijó un plazo de implementación de 60 días corridos.
La medida se adopta en el marco de implementación del Programa Transferencias 3.0 que deberá estar completamente operativo para el 29 de noviembre de 2021, de acuerdo con la normativa.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.