Nuevo Proyecto de Ley sobre datos biométricos
Se busca implementar un registro de proveedores de aplicaciones digitales con domicilio en la provincia de Buenos Aires y un control de su relación con los usuarios.

Entre los aspectos más relevantes del proyecto, destacamos los siguientes:
- Define a los datos biométricos como los “datos específicos y únicos que se obtienen de características físicas o comportamentales de una persona, como el escaneo del rostro, iris, huellas dactilares, entre otros, que pueden ser utilizados para identificar, autenticar o verificar la identidad de un individuo”.
- Establece que los proveedores de aplicaciones deberán:
a) registrar los contratos de adhesión que los usuarios deban suscribir en el Registro Provincial de Aplicaciones Digitales de Datos Biométricos;
b) informar la finalidad para la cual están siendo recolectados los datos biométricos, su lugar de almacenamiento, su transferencia (si fuese aplicable) y la justificación de su uso;
c) requerir el consentimiento libre, expreso e informado del usuario para el tratamiento de sus datos biométricos, tal como lo prevé la Ley de Protección de Datos Personales 25326 (LPDP).
- Obliga a los proveedores a incluir términos y condiciones relacionados con la recopilación, almacenamiento y uso de los datos personales de los usuarios. Además, deberán detallar las medidas de seguridad y resguardos que se implementarán para garantizar su confidencialidad y para la finalidad que el usuario consintió.
- Se reconoce a los usuarios, en línea con la LPDP, su derecho a acceder, rectificar, actualizar y suprimir los datos biométricos recopilados por el proveedor y, a su vez, el derecho a denunciar las conductas abusivas de los proveedores.
- Se prevén sanciones en caso de incumplimiento por parte de los proveedores de las obligaciones establecidas en el proyecto.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.