Nuevo mecanismo de difusión de información para Mercados
La CNV exige a los mercados autorizados la implementación de un nuevo mecanismo de difusión de información financiera

El 12 de febrero de 2025, la Comisión Nacional de Valores (CNV) emitió la Resolución General 1054. Allí se exige a los mercados autorizados por la CNV −donde se listen y/o negocien valores negociables susceptibles de negociación− que implementen un nuevo mecanismo de difusión de información financiera gratuito para conocimiento y consulta permanente por parte de los agentes miembros y del público inversor en general.
Este mecanismo −al que se podrá acceder a través del sitio web institucional de cada mercado− deberá contemplar, como mínimo, la siguiente información, (que deberá mantenerse actualizada en todo momento):
1. detalle de los instrumentos listados y negociados que se encuentren vigentes y/o en circulación, con indicación de:
i. sus respectivos datos identificatorios;
ii. fechas de emisión y vencimiento;
iii. montos;
iv. fecha de ingreso a la negociación;
v. cualquier otro dato o circunstancia de interés relativo a estos;
2. datos identificatorios de los libradores de cada uno de los referidos instrumentos, incluida su correspondiente clave de identificación fiscal.
Cabe destacar que esta previsión será aplicable no solo a los mercados, sino también a las entidades calificadas a las que los mercados hayan delegado funciones −según lo previsto en la Ley de Mercado de Capitales 26831−.
Por último, los mercados y/o las entidades calificadas con funciones delegadas por ellos deberán implementar esta Resolución antes del 31 de marzo de 2025.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.