ARTÍCULO

Nuevo listado de jurisdicciones no cooperantes a los fines fiscales

El Poder Ejecutivo Nacional actualizó el listado y lo redujo de 80 a 75 jurisdicciones.

7 de Agosto de 2024
Nuevo listado de jurisdicciones no cooperantes a los fines fiscales

El pasado 10 de julio de 2024 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 603/24, que modifica el artículo 24 del Decreto Reglamentario de la Ley del Impuesto a las Ganancias. Allí se actualiza el listado de jurisdicciones consideradas no cooperantes a los fines fiscales.

 

Recordemos que las jurisdicciones no cooperantes se encuentran definidas en el artículo 19 de la Ley del Impuesto a las Ganancias como aquellos países o jurisdicciones que:

  1. no tengan un acuerdo de intercambio de información vigente con la República Argentina;
  2. no tengan un convenio para evitar la doble imposición vigente con la República Argentina con cláusula amplia de intercambio de información; o
  3. teniendo un acuerdo o convenio de dicha clase, no cumplan efectivamente con su obligación de intercambiar información.

 

Esta norma también dispone que el Poder Ejecutivo de la Nación está encargado de elaborar y mantener actualizado un listado de las jurisdicciones no cooperantes según los criterios descriptos. El listado se encuentra actualmente incluido en el artículo 24 del Decreto Reglamentario de la Ley.

 

El artículo 24 del Decreto Reglamentario, según el Decreto 603/24, incluye actualmente a las siguientes 75 jurisdicciones:

 

1. Brecqhou

2. Estado de Eritrea

3. Estado de la Ciudad del Vaticano

4. Estado de Libia

5. Estado Plurinacional de Bolivia

6. Isla Ascensión

7. Isla de Sark

8. Isla Santa Elena

9. Islas Salomón

10. Los Estados Federados de Micronesia

11. Reino de Bután

12. Reino de Camboya

13. Reino de Lesoto

14. Reino de Tonga

15. República Kirguisa

16. República Árabe de Egipto

17. República Árabe Siria

18. República Argelina Democrática y Popular

19. República Centroafricana

20. República Cooperativa de Guyana

21. República de Angola

22. República de Bielorrusia

23. República de Burundí

24. República de Costa de Marfil

25. República de Cuba

26. República de Filipinas

27. República de Fiyi

28. República de Gambia

29. República de Guinea

30. República de Guinea Ecuatorial

31. República de Guinea-Bisáu

32. República de Haití

33. República de Honduras

34. República de Irak

35. República de Kiribati

36. República de la Unión de Myanmar

37. República de Madagascar

38. República de Malaui

39. República de Malí

40. República de Mozambique

41. República de Nicaragua

42. República de Palaos

43. República de Sierra Leona

44. República de Sudán del Sur

45. República de Surinam

46. República de Tayikistán

47. República de Trinidad y Tobago

48. República de Uzbekistán

49. República de Yemen

50. República de Yibuti

51. República de Zambia

52. República de Zimbabue

53. República del Chad

54. República del Níger

55. República del Sudán

56. República Democrática de Santo Tomé y Príncipe

57. República Democrática de Timor Oriental

58. República del Congo

59. República Democrática del Congo

60. República Democrática Federal de Etiopía

61. República Democrática Popular Lao

62. República Democrática Socialista de Sri Lanka

63. República Federal de Somalia

64. República Federal Democrática de Nepal

65. República Gabonesa

66. República Islámica de Afganistán

67. República Islámica de Irán

68. República Popular de Bangladés

69. República Popular Democrática de Corea

70. República Togolesa

71. República Unida de Tanzania

72. Territorio Británico de Ultramar Islas Pitcairn, Henderson, Ducie y Oeno

73. Tristán da Cunha

74. Tuvalu

75. Unión de las Comoras.

 

Con el Decreto 603/24, quedaron excluidas del listado las siguientes jurisdicciones: 

 

  1. Burkina Faso
  2. Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea
  3. República de Ruanda
  4. República Popular de Benín
  5. República Socialista de Vietnam.

 

El nuevo listado tiene vigencia para los períodos fiscales que inicien a partir de la publicación del Decreto 603/24 en el Boletín Oficial.