Nuevo freno de la Justicia a la reforma laboral
La Justicia entendió que el DNU 340/25 violenta el derecho de huelga y constituye un exceso legislativo de parte del Poder Ejecutivo.

En el marco de una acción de amparo iniciada por la CGT contra el Estado Nacional (JNT 3, Jueza Moira Fullana, “CGT c/ PEN s/ ACCIÓN DE AMPARO” Expte. 19024/2025, 2 de junio de 2025), la Justicia Nacional del Trabajo hizo lugar a una medida cautelar y ordenó suspender la aplicación del DNU 340/25. Allí, se habían calificado múltiples actividades como esenciales y de importancia trascendental, se había establecido niveles mínimos de cobertura para esas actividades y se había ordenado la conformación de una Comisión de Garantías para determinar nuevas actividades esenciales.
Con reproches similares a los que habían merecido anteriores decretos, la Justicia entendió que el DNU 340/25 violenta el derecho de huelga y constituye un exceso legislativo de parte del Poder Ejecutivo. La decisión fue dictada en primera instancia y podrá ser recurrida por el Estado nacional.
El fallo es muy interesante porque evidencia las visiones opuestas que tienen los distintos sectores sobre la transformación de las relaciones laborales.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.