Nuevo “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”
La Decisión Administrativa 897/2020 de la Jefatura de Gabinete publicada en el BO el 25 de mayo de 2020 instrumentó un nuevo certificado único habilitante para la circulación en la vía pública y estableció la caducidad al 30 de mayo 2020 de cualquier otro certificado emitido con anterioridad.

En el día de ayer se decidió implementar un nuevo certificado para circular a fin de facilitar el control por parte de las autoridades competentes y para desalentar conductas que persigan eludir las medidas dispuestas en protección de la salud pública. La Decisión Administrativa 897/2020 determinó la caducidad a partir del 30 de mayo 2020 de los todos los certificados anteriores y establece que todas las personas (sin ningún tipo de excepciones) deberán gestionar y obtener el nuevo certificado.
Recordemos que por Resolución del Ministerio del Interior 48/20 se había implementado el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” para los trabajadores abocados a actividades esenciales y por ende exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio (establecidos en el artículo 6° del Decreto N° 297/20 y resoluciones posteriores), y para aquellos abocados a las distintas actividades que se fueron exceptuando del aislamiento. Solo quedaban exceptuados de tramitar dicho certificado aquellas personas que debieran desplazarse por supuestos de fuerza mayor (conforme art. 2 de la Resolución del Ministerio del Interior 48/20 que remitía al inc. 6 del art. 6 del Decreto 297/2020). El nuevo certificado se gestiona ingresando al sitio https://www.argentina.gob.ar/circular.
This insight is a brief comment on legal news in Argentina; it does not purport to be an exhaustive analysis or to provide legal advice.