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Nuevas restricciones cambiarias en la industria FinTech

El Banco Central de la República Argentina emitió la Comunicación “A” 6823 que impacta en la operatoria de prestadores de servicios de pagos, emisores de tarjetas prepagas y operaciones con criptoactivos.

1 de Noviembre de 2019
Nuevas restricciones cambiarias en la industria FinTech

El 31 de octubre de 2019, el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) emitió la Comunicación “A” 6823 (“Comunicación”), que impone a las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas locales el deber de contar con la conformidad previa del BCRA para acceder al mercado de cambios para realizar pagos al exterior por el uso de tarjetas de crédito, débito o prepagas emitidas en el país a partir del 01.11.19.

La Comunicación especifica que tal obligación resultará aplicable cuando tales pagos se originen, en forma directa o indirecta, a través del uso de redes de pagos internacionales, en las siguientes operaciones:

a) la participación en juegos de azar y apuestas de distinto tipo y/o,

b) la transferencia de fondos a cuentas en Proveedores de Servicios de Pago y/o,

c) la transferencia de fondos a cuentas de inversión en administradores de inversiones radicados el exterior y/o,

d) la realización de operaciones cambiarias en el exterior y/o,

e) la adquisición de criptoactivos en sus distintas modalidades.

La referencia a las cuentas en proveedores de servicios de pago, tarjetas prepagas y criptoactivos, determina un impacto directo en la industria FinTech. Adicionalmente, se trata de la primera vez que el BCRA hace referencia a los criptoactivos en sus normas. 

Esta norma también establece en USD 50 el monto máximo por operación que podrán otorgar las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas de crédito locales como adelantos en efectivo a los tarjetahabientes en el exterior.