ARTÍCULO

Nuevas regulaciones de la CNV sobre fondos comunes de inversión

La Comisión Nacional de Valores incorporó la subcategoría ALyCI AGRO al marco regulatorio vigente de los agentes colocadores y distribuidores de fondos comunes de inversión.

1 de Agosto de 2022
Nuevas regulaciones de la CNV sobre fondos comunes de inversión

El día 6 de julio de 2022, la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) dictó la Resolución General N° 935 (“RG 935”) que incorpora a la normativa de los agentes colocadores y distribuidores de fondos comunes de inversión a los Agentes de Liquidación y Compensación Integral Agroindustrial (“ALyCI AGRO”), subcategoría de Agente de Liquidación y Compensación (“ALyC”), creada el pasado 11 de marzo del 2022 mediante la Resolución General N° 924.

Con el fin de integrar a las ALyCI AGRO en la reglamentación existente, la CNV modificó ciertos artículos referentes a la inscripción y funcionamiento de los Agentes de Colocación y Distribución de Fondos Comunes de Inversión (ACyD) y de los Agentes de Colocación y Distribución Integral de Fondos Comunes de Inversión (ACyDI).

De esta manera, la RG 935 amplía el espectro de sujetos que pueden actuar como ACyD y como ACyDI en el mercado de capitales permitiéndoles a los ALyC que desarrollan actividades agropecuarias y/o agroindustriales funcionar bajo tales figuras.

En concreto, respecto a los ALyCI AGRO que soliciten la inscripción como ACyD o como ACyDI, la RG 935 dispone que deben acompañar exclusivamente el Acta de Directorio que resuelve la solicitud y acreditar un patrimonio neto mínimo no inferior a 163.500 Unidades de Valor Adquisitivo (“UVAs”) y que un mínimo del 50% de dicho patrimonio deberá cumplir con las exigencias previstas en el Anexo I del Capítulo I del Título VI de las Normas de la CNV.

Finalmente, la RG 935 ordena que los ALyCI AGRO que se encuentren registrados tanto bajo la categoría de ACyD como la de ACyDI estén obligados a cumplir con el régimen informativo correspondiente a la categoría escogida.