Nueva regulación del Banco Central sobre pagos a entidades financieras locales de deudas financieras y garantías financieras de no residentes
El 7 de marzo de 2006 el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) emitió la Comunicación “A” 4507, la cual dispone con vigencia a partir del 8 de marzo de 2006 que, como principio general, los pagos por no residentes a entidades financieras locales que se cursen a través del mercado local de cambios de deudas financieras y garantías financieras, sólo podrán efectuarse sin realizar el depósito del 30% del monto ingresado regulado por el artículo 4 del Decreto Nº 616/05 y el punto 6 de la Comunicación “A” 4359 (comúnmente conocido como “encaje”; ver nuestro artículo “Nuevas restricciones para la transferencia de fondos hacia y desde Argentina”, publicado en Marval News # 40 del 30 de junio de 2005), en la medida que se obtenga la autorización previa del BCRA.
(i) garantías comerciales;
(ii) garantías financieras otorgadas con anterioridad al 10 de junio de 2005; y
(iii) garantías financieras otorgadas en forma irrevocable por bancos del exterior, organismos internacionales y agencias de crédito, para cubrir riesgos de garantías otorgadas por entidades financieras locales, cuando:
(a) la garantía local haya sido otorgada para garantizar en la Argentina la participación de clientes en licitaciones públicas o en la ejecución de obras públicas en el ámbito nacional o provincial, o
(b) el cobro de los fondos se produce pasados los 365 días de la fecha de otorgamiento de la garantía.
La Comunicación establece que para realizar la operación de cambio, se deberá presentar a la entidad autorizada para operar en cambios correspondiente la documentación que demuestre en forma inequívoca y fehaciente (por ejemplo, un mensaje “Swift” autenticado o similar) que dé seguridad de la fecha de origen y otorgamiento de la garantía financiera, o en su caso, de la fecha desde la cual el no residente es deudor de la entidad financiera local. Dicha documentación deberá quedar archivada en la entidad autorizada a operar en cambios a disposición del Banco Central.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.