ARTÍCULO

Novedades relativas al Registro No Llame

El Registro No Llame ha sido regulado y se encuentra operativo desde enero de 2015.

26 de Febrero de 2015
Novedades relativas al Registro No Llame

El día 12 de diciembre de 2014, el Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto N° 2501/2014 (en adelante, el “Decreto”) que reglamenta la Ley N° 26.951 (en adelante, la “Ley”). Como fuera informado en publicaciones anteriores (ver Nuevo Registro Nacional No Llame”, Marval News #142 del 29 de agosto de 2014), la Ley crea el Registro Nacional “No Llame” (en adelante, el “Registro”) que otorga la opción para toda persona física o jurídica, o usuario autorizado del servicio de telefonía en cualquiera de sus modalidades, de inscribirse gratuitamente en el Registro a los efectos de no ser contactada por quien publicitare, ofertare, vendiere o regalare bienes o servicios.

El Decreto extiende la aplicación de la Ley a cualquier empresa local que realice campañas de marketing en el extranjero pero dirigidas al mercado argentino.

Adicionalmente, las empresas que lleven a cabo campañas de publicidad directa dentro del alcance de la Ley deben consultar la última versión de la lista de titulares o usuarios autorizados del servicio de telefonía registrados antes de lanzar cada campaña. Asimismo, los sujetos obligados por la Ley deberán cumplir con el derecho de los particulares al bloqueo que se encuentra determinado en la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326.

Todas las empresas deben utilizar un número telefónico identificable para llevar a cabo las actividades determinadas en la Ley.

El 16 de enero de 2015, la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, (en adelante, la “Dirección”) emitió la Disposición N° 3/2015 (en adelante, la “Disposición”), a través de la cual se implementa el procedimiento de inscripción como titular registrado o usuario autorizado del servicio de telefonía ante el Registro, así como también determina el procedimiento para acceder a la lista de sujetos inscriptos.

La Disposición determina que las empresas que lleven a cabo campañas de publicidad directa deben consultar la lista de titulares registrados y usuarios autorizados del servicio de telefonía cada 30 días.

La Dirección llevará un registro de los responsables de los incumplimientos de las obligaciones establecidas en la Ley incluyendo información relacionada con la calidad de la falta cometida, la sanción aplicada y su grado de acatamiento así como otros elementos de juicio que sean de interés.

El Registro se encuentra operando desde enero de 2015, habiendo recibido solicitudes de registro por parte de titulares y usuarios autorizados de los servicios de telefonía.