Novedades en el Sistema de Reconocimiento Facial
La Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencias, por medio de la Disposición No. 7/2019, resolvió suspender del CONARC los datos personales de más de ocho mil quinientas personas cuyos datos no permitían su correcta individualización.

La Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencias, por medio de la Disposición No. 7/2019 (“Disposición”), resolvió suspender del Sistema de Consulta Nacional de Rebeldías y Capturas (“CONARC”) los datos personales de más de ocho mil quinientas personas cuyos datos no permitían su correcta individualización.
La medida responde a distintos casos en los cuales personas diferentes a las buscadas por la justicia resultaban demoradas por las fuerzas de seguridad. Se logró individualizar el error y así identificar que el mismo provenía de los datos personales incluidos en el CONARC, ya que los datos filiatorios de algunos de los buscados por la justicia eran erróneos (por ejemplo, se le asignaba el número de documento de identidad a una persona distinta o, incluso, en muchos casos, no se asignaba ningún número de documento de identidad, identificándose a la persona únicamente por su nombre y apellido). Debido a que la base de datos del CONARC se conforma con las comunicaciones que las autoridades judiciales realizan de toda medida restrictiva a la libertad ambulatoria, dictada en el marco de una causa penal, la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencias, atribuyó que los errores vislumbrados se originaron en las comunicaciones judiciales. Particularmente debido al incumplimiento de la Ley No. 22.117 donde se establecen los recaudos que debe tomar la justicia a la hora de comunicar al Registro Nacional de Reincidencia los datos de quienes se encuentran buscados por la justicia como, por ejemplo, nombre y apellido, fecha de nacimiento y número de documentos de identidad del imputado.
El error en estos datos originó problemas en distintas jurisdicciones del país, donde se generaban detenciones y demoras de personas equivocadas, siendo más notorio en la Ciudad de Buenos Aires en donde se utiliza el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos (para más información vea la publicación de Marval News https://www.marval.com/publicacion/reconocimiento-facial-en-la-ciudad-de-buenos-aires-13374&lang=en). Este sistema combina la base de datos de CONARC con las imágenes contenidas en el Registro Nacional de las Personas (“RENAPER”) a fin de identificar a personas buscadas por la justicia, utilizando tecnología de reconocimiento facial de prófugos. Así, con la ayuda de cámaras de video vigilancia se buscaba reconocer los rostros de las personas requeridas por orden judicial, de acuerdo con su registro en CONARC. Como la base de datos de CONARC poseía información errónea o incompleta, al cruzarse dicha información con el RENAPER, en ciertos casos, se detenía a la persona equivocada.
Por ello, la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencias, con el fin de evitar nuevas detenciones, aprehensiones o arrestos de personas equivocadas, dictó la Disposición y dispuso la suspensión de la publicación de aquellas personas incluidas en CONARC cuyos datos filiatorios impidiesen su correcta identificación, indicando que la suspensión se mantendría hasta tanto los organismos jurisdiccionales que hubieran solicitado la inclusión de estas personas en CONARC, procedan a rectificar o ratificar los datos referidos o bien soliciten de modo expreso mantener la publicación en sus términos originales.
Finalmente, y con el objetivo de evitar estos errores en el futuro, la Disposición agregó un nuevo control a la hora de solicitar la inclusión de personas en el registro: se obliga a la Dirección de Atención al Usuario y a la Dirección de Registro Nominativo y Dactiloscópico que, previo a la publicación en el CONARC de personas buscadas por la justicia, dichos datos sean confrontados con los datos obrantes en el RENAPER a fin de que, en caso de encontrarse errores en los datos informados, se le requiera al magistrado remitente las correcciones que sean necesarias.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.