Modificaciones al Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior
La medida extiende el plazo de vigencia para que la declaración SIRASE figure con estado de aprobada.

El 27 de abril de 2023, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General n.° 5351/2023, modificando las Resoluciones n.° 5341/2023 y n.° 5342/2023 que regulan el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y el Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE).
Esta nueva resolución estableció que la declaración SIRASE tenga estado de “aprobada” por un plazo de vigencia de 90 días corridos.
Asimismo, la información registrada en el SIRASE se pondrá a disposición de los organismos que integran el Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino, para que intervengan en el ámbito de sus competencias. Estos deberán pronunciarse en un lapso no mayor a 60 días corridos desde que se registran en el SIRASE. Este plazo podrá ampliarse.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.