ARTÍCULO

Modificaciones al Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional

El Decreto N° 963/2018 adecuó ciertos aspectos del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional que habían quedado desactualizados a partir de la última reorganización administrativa.

28 de Noviembre de 2018
Modificaciones al Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional

Mediante el Decreto N° 963/2018, publicado en el Boletín Oficial el 26 de octubre de 2018 (el “Decreto N° 963”), el Poder Ejecutivo Nacional adecuó ciertos aspectos del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/2016 (el “Reglamento de Contrataciones”) y modificó el valor y la cantidad de módulos asignados para la determinación del procedimiento de selección de contratistas aplicable en cada caso.

Dichos aspectos habían quedado desactualizados a partir de la publicación del Decreto N° 802/2018 que, entre otras cuestiones, reorganizó la estructura ministerial de la Administración Pública Nacional y creó el cargo de secretario de Gobierno en diversas carteras ministeriales (el “Decreto N° 802”).
 

  1. Nuevo valor y cantidad de módulos asignados

El Decreto N° 963 fijó el nuevo valor para los módulos en las contrataciones en el monto de ARS 1.600. Asimismo, modificó el artículo 27 del Reglamento de Contrataciones, que establece la escala de valores aplicable a cada proceso, para aquellos contratos en los cuales el monto de la contratación es el parámetro para la determinación del proceso de selección. , Así, para la realización de compulsas abreviadas, el monto máximo se fijó en 1000 módulos (equivalente a ARS 1.600.000; USD 43.100[1]), mientras que, para las licitaciones privadas o concursos privados, en 5.000 módulos (equivalente a ARS 8.000.000; USD 216,000). Aquellos contratos cuyo monto supere los 5.000 módulos deberán ser celebrados como resultado de un proceso de licitación pública o concurso público.

Por otra parte, y en línea con este ajuste en el valor de los módulos, el Decreto N° 963 estableció la excepción a la obligación de presentar garantías en aquellas ofertas y/o contratos, ventas u órdenes de compra cuyos montos no supere los 1.000 módulos.
 

  1. Competencias del secretario de Gobierno de Modernización

El Decreto N° 802 creó el cargo de secretario de Gobierno de Modernización, en carácter de vicejefe de Gabinete, para asistir al jefe de Gabinete de Ministros en la definición de políticas de modernización transversales a la administración del Estado Nacional (el “SGM”).

A los fines de dotar al SGM de las competencias relevantes en el marco del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional aprobado por el Decreto N° 1.023 —y reglamentado a través del ya mencionado Decreto N° 1.030/2016—, el Decreto N° 963 introdujo modificaciones a los artículos 9 y 35, y sus planillas anexas del Reglamento de Contrataciones.

Así, se otorgó competencia al SGM para (i) autorizar la convocatoria y la elección del procedimiento; (ii) aprobar los pliegos y la preselección en etapa múltiple; (iii) dejar sin efecto; y (iv) declarar desierto el procedimiento cuando el importe involucrado supere los 100.000 módulos (equivalente a ARS 160.000.000; USD 4.313.000), en casos de licitación y concurso público o privado y/o subasta pública, y cuando se superen los 65.000 módulos (equivalente a ARS 104.000.000; USD 2.803.000), cuando se trate de compulsa abreviada y adjudicación simple. 

Similarmente, se otorgó competencia al SGM para aprobar el procedimiento y adjudicar, o declarar fracasado el procedimiento, cuando el importe de la contratación sea de hasta 80.000 módulos (equivalente a ARS 128.000.000; USD 3.450.000), en los procesos de licitación y concurso público o privado y/o subasta pública y de hasta 50.000 módulos (equivalente a ARS 80.000.000; USD 2.156.000), en los procesos de compulsa abreviada y adjudicación simple.

 

[1] Nótese que las equivalencias en dólares incluidas representan un monto estimativo y pueden variar de acuerdo a las fluctuaciones del tipo de cambio.