ARTÍCULO
Modificaciones a la Ley de Contrato de Trabajo
La Ley Nº 26.590 prohíbe la percepción de comisiones y gastos por parte de los bancos en las operaciones y extracciones efectuadas mediante la cuenta sueldo.
31 de Mayo de 2010

El 5 de mayo de 2010 se publicó en el Boletín Oficial la Ley Nº 26.590 que modifica el artículo 124 de la Ley de Contrato de Trabajo prohibiendo la percepción de comisiones y gastos por parte de los bancos en las operaciones y extracciones efectuadas mediante la cuenta sueldo.
Recordemos que este tipo de cuenta fue creado en julio de 2001, a efectos de que los empleadores abonaran obligatoriamente las remuneraciones de sus dependientes en cuentas bancarias a nombre de cada trabajador. La norma que lo dispuso fue la Resolución Nº 360/01 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos y mediante reglamentación del Banco Central se estableció que los bancos estaban obligados a concederles a estos usuarios un mínimo de cuatro extracciones mensuales de fondos de sus cuentas sueldo de manera gratuita siempre y cuando estos movimientos fueran realizados en cajeros de la entidad bancaria.
A través de esta nueva normativa se establece que la cuenta sueldo "bajo ningún concepto podrá tener limites de extracciones, ni costo alguno para el trabajador, en cuanto a su constitución, mantenimiento o extracción de fondos en todo el sistema bancario, cualquiera fuera la modalidad extractiva empleada."
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.