Modificación del Impuesto sobre los Bienes Personales

El 10 de diciembre de 2007 se publicó en el Boletín Oficial la Ley Nº 26.317, que introdujo distintas modificaciones en el impuesto. Las siguientes modificaciones son las más destacadas:
1. Derogación del mínimo exento: se deroga la previsión que establecía un mínimo exento de $ 102.300, por los bienes situados tanto en la Argentina como en el exterior, para las personas físicas domiciliadas y las sucesiones indivisas radicadas en el país.
2. Incorporación de exención: se incorpora una exención para los bienes gravados cuyo valor en conjunto sea igual o inferior a $ 305.000. Debe advertirse que, cuando el valor de los bienes gravados supere dicho monto, su totalidad estará sujeta al impuesto(en el régimen anterior, solamente quedaba gravado el excedente del “mínimo exento”). Asimismo, debe advertirse que esta exención no se limitaría a las personas físicas domiciliadas y las sucesiones indivisas radicadas en el país.
3. Modificación de Alícuotas: seestablece una nueva escala de alícuotas para las personas físicas y sucesiones indivisas residentes en la Argentina:
Valor total de los bienes gravados[1] | Alícuota aplicable |
Más de $ 305.000 a $ 750.000 | 0,50% |
Más de $ 750.000 a $ 2.000.000 | 0,75% |
Más de $ 2.000.000 a $ 5.000.000 | 1,00% |
Más de $ 5.000.000 | 1,25% |
En el caso de los bienes radicados en el país de sujetos del exterior, la alícuota se aumentó del 0,75% al 1,25%.
4. Valuación de bienes inmuebles: se agrega como nuevo parámetro que la valuación del inmueble no podrá ser inferior al valor fiscal determinado al 31 de diciembre del año que se liquida el gravamen.
La Ley expresamente dispone que esta modificación será de aplicación para el período fiscal 2007 y siguientes, lo que implica que debe tenerse en cuenta estas modificaciones para la liquidación del impuesto correspondiente al año en curso. En este sentido, el 13 de diciembre de 2007 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General (AFIP) N° 2359, que establece un mecanismo de devolución de los anticipos ingresados por el impuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2007 para los contribuyentes que, habiendo ingresado los anticipos, quedaron exentos del pago del impuesto en virtud de esta modificación.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.