ARTÍCULO
Mayor control de la Comisión Nacional de Valores sobre las operaciones con títulos valores
La Comisión Nacional de Valores intensificó las medidas regulatorias sobre las transacciones que se realicen con bonos y acciones.
28 de Febrero de 2014

A través de la Resolución General N° 624/2014 (la “Resolución”), vigente desde el 27 de enero de 2014, la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) intensificó las medidas regulatorias sobre las transacciones que se realicen con bonos y acciones con el fin de obtener una “eficiente fiscalización y control de la transparencia de las negociaciones” y “velar por la protección del público inversor”.
La CNV, haciendo uso de las atribuciones conferidas por los artículos 6 y 19 de la Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales, dispuso que los agentes autorizados deberán informar diariamente al cierre de cada jornada, mediante la Autopista de Información Financiera (la “AIF”), a los mercados de la jurisdicción en donde se encuentren registrados determinada información sobre las operaciones de compra y venta que se realicen con bonos y acciones.
A su vez, la Resolución estableció que los mercados de valores deberán enviar a la CNV, a través de la AIF, antes del final del día de operaciones, la información que les fuera remitida por los agentes.
Dicha medida incorpora así un nuevo Régimen Informativo Especial a través del cual los sujetos obligados deberán completar y remitir una serie de datos acerca de las transacciones concertadas, entre ellos: su denominación, CUIT/CUIL, especie, plazo y moneda, cantidad comprada, monto comprado, cantidad vendida, monto vendido, etc.
Como consecuencia de esta nueva medida, las operaciones realizadas en el mercado serán notificadas en tiempo real y, de esta manera, la CNV contará con información completa, oportuna y veraz sobre las modalidades de negociación y las operaciones realizadas en el mercado facilitando su control y fiscalización sobre dichas transacciones.
La CNV, haciendo uso de las atribuciones conferidas por los artículos 6 y 19 de la Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales, dispuso que los agentes autorizados deberán informar diariamente al cierre de cada jornada, mediante la Autopista de Información Financiera (la “AIF”), a los mercados de la jurisdicción en donde se encuentren registrados determinada información sobre las operaciones de compra y venta que se realicen con bonos y acciones.
A su vez, la Resolución estableció que los mercados de valores deberán enviar a la CNV, a través de la AIF, antes del final del día de operaciones, la información que les fuera remitida por los agentes.
Dicha medida incorpora así un nuevo Régimen Informativo Especial a través del cual los sujetos obligados deberán completar y remitir una serie de datos acerca de las transacciones concertadas, entre ellos: su denominación, CUIT/CUIL, especie, plazo y moneda, cantidad comprada, monto comprado, cantidad vendida, monto vendido, etc.
Como consecuencia de esta nueva medida, las operaciones realizadas en el mercado serán notificadas en tiempo real y, de esta manera, la CNV contará con información completa, oportuna y veraz sobre las modalidades de negociación y las operaciones realizadas en el mercado facilitando su control y fiscalización sobre dichas transacciones.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.