ARTÍCULO

Limitaciones al traspaso de obra social para los beneficiarios/as

8 de Julio de 2021
Limitaciones al traspaso de obra social para los beneficiarios/as

El 7 de julio se publicó en el Boletín Oficial Nacional el Decreto 438/2021, que reinstaura la limitación de cambio de obra social a una vez por año calendario. Además, reestablece el período de permanencia mínima de un año al ingresar al empleo como requisito para cambiar de obra social.

Conforme lo establece el Decreto, quienes “inicien una relación laboral deberán permanecer 1 (un) año en la obra social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio”. Por lo tanto, esta medida impacta con mayor énfasis a los empleados/as que realicen cambios de trabajo o comiencen a trabajar a partir del jueves 8 de julio, quienes deberán aguardar un año como mínimo para solicitar un cambio en la obra social.