ARTÍCULO

La UIF modifica los procesos de intercambio de información con organismos análogos extranjeros

Se busca así optimizar los procesos de intercambio de información para requerimientos cursados a pedido de una autoridad judicial.

3 de Mayo de 2023
La UIF modifica los procesos de intercambio de información con organismos análogos extranjeros

El 18 de abril de 2023, la Unidad de Información Financiera (UIF) emitió la Resolución n.° 66/2023, que establece el nuevo procedimiento para intercambiar información con organismos análogos extranjeros. La medida pretende lograr un marco de cooperación internacional, según los estándares y mejores prácticas internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional.

La resolución incorpora un modelo de formulario para que los órganos judiciales y/o el Ministerio Público puedan requerir e intercambiar información con organismos análogos extranjeros. La norma estandariza estos requerimientos y optimiza la eficiencia de estos procesos, resguardando la confidencialidad de las fuentes de información. A su vez, la modificación adecua la normativa local a los estándares internacionales en materia de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

Para pedir información, se deberá declarar el propósito para el que se utilizará; en particular, si será empleada para fines de inteligencia o en un proceso judicial como elemento probatorio. A su vez, se deberá describir los hechos que motivan el pedido e identificar a las personas o bienes involucrados para constatar que estos sean relevantes a los fines de la solicitud.

Por último, las personas titulares de juzgados, tribunales o fiscalías podrán solicitar a la UIF asignar hasta dos usuarios por órgano para requerir esta información.

La resolución, que sustituye el inciso a) del artículo 10 de la Resolución UIF n.° 135/16, comenzará a regir a partir del 17 de mayo de 2023.