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La justicia ordena el bloqueo preventivo de sitio de streaming

Recientemente, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional hizo lugar a una medida cautelar que solicitó el bloqueo del sitio web Cuevana.

26 de Diciembre de 2018
La justicia ordena el bloqueo preventivo de sitio de streaming

La Sala V de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional (la “Cámara”), revocó una decisión de primera instancia que había rechazado una medida cautelar solicitada por Fox, Disney, Paramount, Columbia y otras compañías que actúan como querellantes contra el sitio web Cuevana, una plataforma online de streaming de películas y series.

La decisión de la Cámara ordenó el bloqueo de una lista de sitios web identificados por las querellantes, así como cualquier otro de similares características que se identifique con el nombre “Cuevana” y que sea utilizado como plataforma de acceso a títulos audiovisuales protegidos por la Ley de Propiedad Intelectual N° 11.723.

El imputado presuntamente facilitó a un número indeterminado de usuarios obras publicadas sin autorización de sus autores a través de la administración y desarrollo de Cuevana. Esta conducta estaría comprendida por el artículo 72 de la Ley de Propiedad Intelectual N° 11.723, que establece que editar, vender o reproducir por cualquier medio o instrumento una obra inédita o publicada sin autorización de su autor o derechohabientes se considera un caso especial de defraudación, y por el artículo 172 del Código Penal que pena el delito de fraude.

En este contexto, la Cámara consideró que —sin perjuicio de la provisoriedad de la etapa del proceso—  la medida cautelar solicitada por los querellantes era un medio procesal idóneo para hacer cesar el delito e impedir que continuaran sus efectos. Para así decidir, los jueces se refirieron a las disposiciones acerca de medidas cautelares contenidas en los artículos 23 del Código Penal, 79 de la Ley de Propiedad Intelectual N° 11.723, 518 del Código Procesal Penal, y 195, 198 y 199 del Código Procesal Civil y Comercial.

Por estas razones, la Cámara revocó la resolución de primera instancia y ordenó el bloqueo de los sitios web de Cuevana, con la imposición de una caución que resultara suficiente.