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30 de marzo de 2020
En el marco de la emergencia existente y con efecto en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Inspección General de Justicia (IGJ), mediante la Resolución 11/2020 publicada en el Boletín Oficial el día 26 de marzo, admitirá las reuniones de aquellos órganos de administración y gobierno societarios o de asociaciones civiles o fundaciones celebradas a distancia mediante la utilización de medios o plataformas informáticas o digitales, cuando estén contempladas en los respectivos estatutos. Sin perjuicio de ello y mientras se encuentran en vigencia las restricciones a la circulación general, las sociedades y demás entidades podrán hacer uso de esta modalidad, aun cuando no se encontraren previstas estatutariamente.
La Resolución exige el cumplimiento de los siguientes recaudos para llevar a cabo las reuniones a distancia:
Este artículo es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.