La Corte Suprema de la Nación establece competencia en un caso de fraude cometido utilizando una plataforma online y el correo electrónico
El mes pasado, la Corte Suprema decidió un incidente de competencia a favor de los tribunales nacionales de la Ciudad de Buenos Aires en un caso en el que se investigaba la posible comisión de un fraude utilizando una plataforma online y el correo electrónico (CSJN, NN s/estafa, 6 de agosto de 2015).

Los hechos del caso son los siguientes. Un NN falsificó un documento de identidad de una persona con domicilio en la Ciudad de Tandil. Usando MercadoLibre.com publicó un aviso de alquiler de una casa en Mar del Plata y fue contactado por la víctima a quién le envío una copia del documento falso y una copia también falsa de una factura de televisión por cable que correspondía al domicilio de la casa ofrecida en alquiler. La víctima le envío una reserva utilizando el servicio Pago Fácil. Este NN desapareció con el pago y no volvió a contactar a la víctima.
En estas circunstancias, se presentó una denuncia ante la justicia nacional en lo penal de la Ciudad de Buenos Aires quienes llevaron adelante la primera etapa de la investigación.
Considerando que el documento y la factura falsificados corresponderían a una persona con domicilio en la Ciudad de Tandil, el tribunal se declaró incompetente y envío el expediente al juez con competencia en el domicilio del demandado, quien a su vez también se declaró incompetente.
En resumen, ambos tribuales no se pusieron de acuerdo sobre dónde tenía lugar el ilícito. Mientras uno sostenía que se producía en la Ciudad de Tandil el otro sostuvo que no había suficientes pruebas para llegar a esa conclusión.
En una decisión escueta y haciendo suyo el dictamen del Procurador Fiscal, la Corte Suprema sostuvo que eran los tribunales nacionales de la Ciudad de Buenos Aires los que debían seguir entiendo en la investigación del caso.
En ese sentido, la Corte sostuvo que en aquellos casos en los que se investiga una posible estafa y falsificación de documento privado que concurren de forma ideal, deben tramitar ante el juez del lugar en el que se utilizó el documento adulterado y se ocasionó el concreto y efectivo perjuicio patrimonial.
En esas circunstancias, y considerando que mientras estaba en la Ciudad de Buenos Aires la víctima recibió en su correo electrónico una copia del documento y de la factura falsificada y que hizo el pago personalmente en un local de Pago Fácil de la Ciudad de Buenos Aires, el Fiscal sostuvo que el tribunal de la Ciudad de Buenos Aires debía continuar con el trámite de las actuaciones.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.