ARTÍCULO

La Comisión Nacional de Valores flexibiliza el régimen de cheques de pago diferido y pagarés

Esta nueva medida tiene como finalidad facilitar y fortalecer el acceso de las pymes a los distintos instrumentos que dispone el mercado de capitales.

7 de Septiembre de 2021
La Comisión Nacional de Valores flexibiliza el régimen de cheques de pago diferido y pagarés

El 19 de agosto de 2021, la Comisión Nacional de Valores (CNV) dicto la Resolución General N° 902/2021 por medio de la cual, a fin de potenciar el crecimiento de las pymes, modificó la reglamentación vigente para la negociación de cheques de pago diferido y pagarés.

La Resolución registra como precedente la Resolución General N° 888/2021, que sometió a consideración de los sectores interesados y la ciudadanía en general el anteproyecto de la Resolución bajo análisis, en el marco del procedimiento de "Elaboración participativa de normas".

Respecto del régimen de cheques de pago diferido, mediante la Resolución, se habilita a que los mercados registrados en CNV reglamenten la negociación de aquellos cheques cuyos libradores no cumplan con todos los requisitos establecidos para el análisis de riesgo. Para ello, los compradores de los instrumentos deberán ser informados previamente de la situación y deberán revestir la calidad de inversores calificados. Estos instrumentos deberán negociarse en un segmento especial y debidamente diferenciado a fin de evitar confusiones en los inversores.

A su vez, en lo que respecta a los pagarés, se reduce a ARS 5000 el monto mínimo de emisión y a 15 días el plazo mínimo de vencimiento para la negociación secundaria, lo cual permitirá utilizarlos como un esquema de garantías para las operaciones de microcréditos. Asimismo, para la negociación secundaria de estos instrumentos, se incorpora la posibilidad de que sean emitidos a favor de un tercero y endosados, siempre que se indique en dicho endoso que se entregan "Para su negociación en mercados registrados en CNV".

Finalmente, en el caso de pagarés emitidos en moneda extranjera, se habilita a los mercados a reglamentar el tipo de cambio a utilizar para el cálculo del importe a pagar en moneda de curso legal a su vencimiento.