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La CNV propone cambios en la colocación y distribución de fondos comunes de inversión

Un proyecto de resolución de la CNV podría modificar el patrimonio neto mínimo exigible a los agentes de colocación y distribución y a los agentes de colocación y distribución integral de fondos comunes de inversión, así como las entidades que pueden desempeñarse como agente de colocación y distribución integral.

6 de Diciembre de 2021
La CNV propone cambios en la colocación y distribución de fondos comunes de inversión

El pasado 4 de noviembre de 2021 la Comisión Nacional de Valores (CNV) dictó la Resolución General N° 909, mediante la cual sometió a consulta pública un proyecto de resolución que propone algunas modificaciones al marco regulatorio vigente para los agentes de colocación y distribución (ACD) y los agentes de colocación y distribución integral (ACDI).

El proyecto de RG propone modificar el patrimonio neto mínimo requerido para ambos agentes utilizando como criterio de referencia las unidades de valor adquisitivo (UVA). En este sentido, de implementarse, el patrimonio neto mínimo requerido para actuar como ACD sería de 16.350 UVA (actualmente es de ARS 250.000) y para actuar como ACDI de 163.500 UVA (actualmente es de ARS 2.500.000).

Asimismo, el proyecto propone que, además de las entidades financieras autorizadas bajo la Ley Nº 21526, el registro y ejercicio de las funciones propias del ACDI sea limitado a las sociedades gerentes de fondos comunes de inversión y los agentes de liquidación y compensación propio o integral.

Finalmente, el proyecto propone un plazo de adecuación para los ACD y ACDI registrados con anterioridad a la entrada en vigencia de la resolución que implemente el proyecto. En función de esto, el cumplimiento del requisito del patrimonio neto mínimo deberá acreditarse con la presentación de los estados contables cerrados al 30 de junio de 2022 o mediante una certificación contable presentada dentro de los 42 días corridos a partir de dicha fecha. A su vez, las entidades habilitadas para actuar como ACDI deberán adecuarse a los nuevos requisitos antes del 30 de junio de 2022. En ambos casos, vencido el plazo, la falta de adecuación requerida implicará la baja del registro de CNV.