ARTÍCULO

La CNV actualiza el monto máximo de la multa aplicable en un procedimiento sumarial abreviado

El objetivo es que se cumpla con las finalidades ejemplificadora, preventiva y disuasiva de la sanción.

7 de Mayo de 2024
La CNV actualiza el monto máximo de la multa aplicable en un procedimiento sumarial abreviado


El 16 de abril de 2024, la Comisión Nacional de Valores dictó la Resolución General 998, mediante la cual aumenta el monto máximo de la multa en el marco del procedimiento abreviado. El objetivo es cumplir con la finalidad ejemplificadora, preventiva o disuasiva de la sanción.

El procedimiento sumarial abreviado es posible cuando, de la investigación previa, surja la posible comisión de las infracciones contempladas en la "Grilla de Conductas Infractoras pasibles de Procedimiento Sumarial Abreviado". Para más información, puede ingresar en este enlace.

Las sanciones impuestas en el marco del procedimiento abreviado sólo pueden consistir en apercibimiento y/o multa. El monto máximo de la multa fue aumentado de ARS 5.000.000 a ARS 10.000.000.

Para graduar el monto de la multa que se aplicará, se van a considerar las siguientes pautas de graduación:

a.    las pautas del artículo 133 de la Ley 26831 (por ejemplo, la magnitud de la infracción, los beneficios generados o los perjuicios ocasionados por el infractor y el volumen operativo del infractor);
b.    la cantidad de conductas reconocidas que configuren infracciones;
c.    si existió subsanación respecto de los incumplimientos; 
d.    la adopción, por parte de los sumariados, de medidas que tiendan a subsanar las infracciones que motivaron la instrucción del sumario.